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BOC-A-2018-082-2040.
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BDNS (Identif.): 393895.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).
1. Beneficiarias de la presente convocatoria:
Podrán ser objeto de financiación al amparo del artº. 28.1 Real Decreto 694/2017, las acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados que incluyan compromisos de contratación, mediante subvenciones concedidas en régimen de concurrencia competitiva por la Administración Pública competente:
a) Las empresas o entidades que adquieran para sí mismas el citado compromiso de contratación.
Las empresas y entidades que se comprometan a desarrollar la formación y a la realización de los correspondientes contratos para sí mismas e incorporarlos a su plantilla en los términos que se establecen en las presentes bases. En este caso, para el desarrollo de las acciones formativas podrán utilizar sus propios medios si se hallan inscritos o en su caso acreditados conforme a la normativa vigente o bien recurrir a su contratación, siempre que resulten adecuados para este fin.
b) Las entidades de formación acreditadas y/o inscritas, en los términos del artículo 15 de la Ley 30/2015, en cuyo caso podrán asumir el compromiso de contratación mediante acuerdos o convenios con otras empresas que efectuarán la contratación. En todo caso, será la entidad de formación beneficiaria quien asumirá la responsabilidad de la ejecución de la actividad formativa subvencionada y del cumplimiento del compromiso de contratación.
2.- Objeto y finalidad.
La convocatoria para el ejercicio 2018 en régimen de concurrencia competitiva abierta de concesión de subvenciones para la financiación de programas formativos con compromisos de contratación, de acuerdo a los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, así como el procedimiento administrativo general para la concesión de estas subvenciones de acuerdo con las Bases Reguladoras establecidas por la Orden TAS 718/2008, con sujeción en todo caso a lo dispuesto en el Real Decreto 697/2017, de 3 de julio, y en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre.
3.- Normativa aplicable.
Resultará de aplicación a las Acciones de Formación con Compromiso de Contratación, la normativa siguiente:
- Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
- Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, por la que se adecuan al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones las normas reguladoras de subvenciones que se concedan por el Servicio Público de Empleo Estatal en los ámbitos de empleo y de formación profesional ocupacional.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral (BOE nº 217, de 10.9.15).
- Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, modificada por Orden ESS/1726/2012, de 2 de agosto.
- Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, modificado por el Real Decreto 189/2013, de 15 de marzo.
- Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.
- Resolución de 2 de noviembre de 2012, de la Directora del SCE, por la que se regula el contenido y alcance del informe a emitir en el seno de la justificación de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y verificaciones previstas en la normativa comunitaria y, en su caso, en lo que resulte aplicable, aquellas otras subvenciones gestionadas por el Servicio Canario de Empleo que sean financiadas por el Estado o por la propia Comunidad Autónoma Canaria.
- Resolución de 2 de noviembre de 2012, de la Directora del SCE, por la que se aprueba la convocatoria para la creación de un Censo de Auditores para la justificación de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y verificaciones previstas en la normativa comunitaria, y en su caso, la justificación de aquellas otras subvenciones gestionadas por el Servicio Canario de Empleo que sean financiadas por el Estado o por la propia Comunidad Autónoma Canaria.
En todo lo no previsto en la citada normativa, se podrán dictar Resoluciones de la Dirección al amparo de lo previsto en la presente resolución.
4.- Dotación presupuestaria.
Se aprueba el gasto por importe de siete millones (7.000.000,00) de euros con cargo al crédito presupuestario consignado en el presupuesto de gastos del SCE en la partida prevista en el punto siguiente de este resuelvo y conforme a la condición prevista en el mismo.
Las subvenciones previstas en la presente Resolución se financiarán con cargo al crédito presupuestario consignado en el presupuesto de gastos del SCE en la partida 2018.50.01.241H.470.00, Línea de actuación 50400001 denominada "Formación dirigida prioritariamente a trabajadores desempleados/as" por un importe de siete millones (7.000.000,00) de euros.
5 - Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se podrán presentar en tres periodos y hasta el importe máximo señalado de acuerdo a la siguiente distribución de plazos:
* Hasta el 31 mayo 2018: dotación cinco millones (5.000.000) de euros.
* Hasta el 3 septiembre 2018: dotación un millón (1.000.000) de euros.
* Hasta el 15 noviembre 2018: dotación un millón (1.000.000) de euros.
6.- Otros datos.
Las solicitudes se presentarán preferentemente en la Sede electrónica del SCE: https://sede.gobiernodecanarias.org/empleo. También podrán presentarse en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la LRJAP. Si se opta por presentar la solicitud en una oficina de Correos, deberá hacerse en sobre abierto para que la instancia quede fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de abril de 2018.- La Presidenta, Cristina Valido García.
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