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BOC-A-2018-006-145.
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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado Sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por el demandante Consorcio de Compensación de Seguros, representado por el Abogado del Estado, contra la demandada entidad mercantil Hernangonza, S.L., de las circunstancias que constan en autos:
1.- Condeno la demandada a pagar al Consorcio la cantidad de setecientos cincuenta y nueve euros con setenta céntimos -(759,70 euros)-, con más los intereses legales correspondientes que procedan.
2.- Condeno a la demandada al pago de las costas causadas en esta instancia.
Notifíquese esta resolución en forma legal a las partes con la advertencia de que contra la misma no cabe recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de la entidad Hernangonza, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Santa Cruz de Tenerife, a 22 de noviembre de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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