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BOC-A-2017-241-5978.
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Examinado el expediente instruido por el Área de Relaciones Internacionales de esta Universidad, al objeto de convocar plazas para la movilidad del alumnado en el marco del Programa Erasmus+, en la modalidad de Student Mobility for Studies (SMS).
ANTECEDENTES DE HECHO
Erasmus+ es el programa de la Unión Europea en los ámbitos de la educación, la formación, la juventud y el deporte para el periodo 2014-2020, según se establece en el Reglamento (UE) nº 1288/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013. El programa contiene diferentes acciones clave entre las que destaca la acción clave 1 destinada a la movilidad de las personas por motivos de aprendizaje.
Como parte de la acción clave 1, la acción KA103 "Movilidad de estudiantes y personal de educación superior entre países del programa" tiene como objetivo mejorar la calidad de la educación superior y reforzar su dimensión europea, fomentando la cooperación trasnacional entre centros de educación superior, promoviendo la movilidad de sus estudiantes y personal docente y no docente con el fin de mejorar la transparencia y el reconocimiento académico de los estudios y cualificaciones en todos los países miembros de la Unión.
La acción KA103 promueve la movilidad de estudiantes en dos modalidades diferentes: SMS y SMT. La modalidad SMS (Student Mobility for Studies), a la que se refiere esta convocatoria de plazas, permite la realización de un periodo de estudios en una universidad del ámbito europeo.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Único.- El órgano competente para la concesión de esta subvención es el Rector, de conformidad con el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, y los artículos 167 y 168.c) de los Estatutos de la Universidad. Esta competencia ha sido delegada en la Vicerrectora de Internacionalización en virtud del apartado séptimo.c) de la Resolución del Rector de 3 de octubre de 2016 (BOC nº 199, de 13 de octubre) por la que se aprueba la delegación de competencias del Rector y las suplencias de la Universidad de La Laguna (ULL).
Por lo anteriormente expuesto, y en virtud de las facultades que este Vicerrectorado tiene delegadas,
R E S U E L V O:
Primero.- Convocar plazas de intercambio para participar en el programa Erasmus+ correspondiente al curso académico 2018/2019.
Segundo.- Aprobar las bases por las que se rige la presente convocatoria y que se incorporan como anexo a la presente resolución.
Tercero.- La presente resolución producirá sus efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de que pueda interponerse recurso potestativo de reposición, ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución, con los efectos previstos en el artículo 115 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
San Cristóbal de La Laguna, a 7 de diciembre de 2017.- La Vicerrectora de Internacionalización, María del Carmen Rubio Armendáriz.
Ver anexo en las páginas 35614-35627 del documento Descargar
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