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BOC Nº 232. Viernes 1 de Diciembre de 2017 - 5720

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Educación y Universidades

5720 ORDEN de 23 de noviembre de 2017, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes del Consejo Canario de Formación Profesional.

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Examinada las propuestas relativas al cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes del Consejo Canario de Formación Profesional en representación de la Confederación Canaria de Empresarios, de Comisiones Obreras de Canarias, del Consejo Escolar de Canarias y de la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife, de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En la actualidad corresponde la Presidencia del Consejo Canario de Formación Profesional a la Consejera de Educación y Universidades, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3.1, del Decreto 143/2008, de 1 de julio, por el que se establece el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Canario de Formación Profesional (BOC nº 136, de 8 de julio).

Segundo.- El Consejo estará formado por veinte vocales, de conformidad con el artículo 5.1, de la citada normativa: "Seis en representación de las Organizaciones Sindicales más representativas en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Seis en representación de las Organizaciones Empresariales más representativas en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Dos en representación del Consejo Escolar de Canarias."

Tercero.- Mediante documento expedido por la Secretaria General de la Confederación Canaria de Empresarios con fecha 2 de febrero de 2017, se comunica que la Junta Directiva celebrada en sesión ordinaria, con fecha 31 de enero de 2017, acordó el nombramiento y cese de vocales que se detalla a continuación:

Nombramiento:

Vocal titular: D. José Antonio Newport Machín.

Cese:

Vocal titular: D. José Juan Socas Álamo.

Cuarto.- Mediante documento expedido por la Secretaria General de la Confederación Canaria de Empresarios con fecha 27 de septiembre de 2017, se comunica que la Junta Directiva celebrada en sesión ordinaria, con fecha 26 de septiembre de 2017, acordó el nombramiento y cese de vocales que se detalla a continuación:

Nombramiento:

Vocal suplente: Dña. Montserrat Villalba Ruiz.

Cese:

Vocal suplente: D. Fernando Fraile González.

Quinto.- Mediante documento expedido por la Secretaria de Actas de Comisiones Obreras de Canarias, se comunica a este Departamento, que la comisión Ejecutiva, en sesión celebrada el 2 de junio de 2017, acordó delegar en la Secretaría General el nombramiento de vocales, como representantes de Comisiones Obreras de Canarias. En consecuencia D. Inocencio González Tosco propone el nombramiento y cese de vocales que a continuación se detalla:

Nombramiento:

Vocal titular: Dña. María del Carmen Marrero Falcón.

Cese:

Vocal titular: D. Francisco Javier Fernández Martín.

Sexto.- A través del documento presentado por la Secretaría del Consejo Escolar de Canarias con fecha de 26 de junio de 2017, se comunica a este departamento que en sesión plenaria celebrada el 17 de diciembre de 2016 se acuerda el nombramiento y cese de los miembros del Consejo Escolar de Canarias para su representación en el Consejo Canario de Formación Profesional de acuerdo a lo que se detalla:

Nombramientos:

Vocal titular: D. Ramón Aciego de Mendoza Lugo.

Vocal suplente: D. Miguel Ángel Ruiz Fuentes.

Ceses:

Vocal titular: Dña. María Dolores Berriel Martínez.

Vocal suplente: D. Diego Espasa Labrador.

Séptimo.- Se presenta documento por parte de la Secretaría General de la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife por el que se comunica a este Departamento, que la Junta Directiva celebrada el 13 de marzo de 2017, acordó el nombramiento de vocales, como representantes de esa Confederación en el Consejo Canario de Formación Profesional, de acuerdo a lo que se detalla:

Nombramiento:

Vocal titular: D. Airam Rodríguez Rodríguez.

Cese:

Vocal titular: D. Jorge Padrón Marrero.

Octavo.- Mediante documento presentado por la Secretaría General de la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife, se comunica a este Departamento, que la Junta Directiva celebrada el 5 de junio de 2017, acordó el nombramiento y cese de vocales, como representantes de esa Confederación en el Consejo Canario de Formación Profesional, de acuerdo a lo que se detalla:

Nombramiento:

Vocal titular: D. Eduardo Bezares Carretero.

Cese:

Vocal titular: D. Pedro Alfonso Martín.

Teniendo en cuenta los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Con base en lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 233/1997, de 18 de septiembre, por el que se crea el Consejo Canario de Formación Profesional, como órgano colegiado de carácter consultivo y de participación en materia de formación profesional (BOC nº 140, de 29 de octubre de 1997), y en el Decreto 143/2008, de 1 de julio, que aprueba el Reglamento de Organización y funcionamiento del Consejo Canario de Formación Profesional (BOC nº 136, de 8 de julio).

Segundo.- El citado Decreto 143/2008, en su artículo 3.1, dispone "La presidencia corresponderá al/a la Consejero/a competente en materia de educación o al/a la Consejero/a competente en materia de empleo, quienes la desempeñarán alternativamente por periodos anuales".

Tercero.- La Orden Departamental nº 413, de 21 de mayo de 2008, por la que se dispone el cese y nombramiento de miembros titulares y suplentes del Consejo Canario de Formación Profesional (BOC nº 116, de 11 de junio de 2008), en el dispongo séptimo, "Una vez realizados los nombramientos, la composición de los vocales del Consejo Canario de Formación Profesional queda ...".

Cuarto.- Conforme dispone el artículo 3.2.b), del citado Decreto 143/2008, "Corresponde a la Presidencia del Consejo, nombrar a los vocales titulares y suplentes, y al secretario y secretario suplente".

El artículo 5.3 del mismo texto legal establece: "Los vocales del Consejo y sus suplentes serán nombrados y cesados por el/la Consejero/a que ostenta la presidencia del Consejo, a propuesta de los respectivos Departamentos de la Administración autonómica, de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como del Consejo Escolar de Canarias".

Quinto.- Los secretarios Titular y Suplente serán nombrados y cesados por la Presidencia, según el artículo 3.2.b) del Decreto 143/2008 y conforme al artículo 6.1 de la misma norma "A propuesta conjunta de los Consejeros competentes en materia de educación y en materia de empleo, se nombrará un/a funcionario/a de cada una de ellas, como secretario/a y secretario/a suplente".

Sexto.- La naturaleza de los asuntos que se abordan en el ámbito del Consejo Canario de Formación Profesional, la trascendencia que pueden tener entre amplios sectores de la población, y la diversidad de intereses representados por los miembros del mismo constituyen razones de interés público que determinan la conveniencia de la publicación de la presente orden, al amparo del artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre), y de los artículos 13.3 y 18.1.a) de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (BOC nº 5, de 9 de enero de 2015).

Por todo ello, y en virtud de las competencias atribuidas en el artº. 29 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y por el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades aprobado por el Decreto 135/2016, de 10 de octubre (BOC nº 203, de 19 de octubre), el Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías (BOC nº 133, de 10 de julio) y el Decreto 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC nº 142, de 23 de julio).

R E S U E L V O:

Primero.- Cesar como vocales titulares en el Consejo Canario de Formación Profesional a las siguientes personas:

A propuesta de la Confederación Canaria de Empresarios (C.C.E.):

Vocal titular: D. José Juan Socas Álamo.

Vocal suplente: D. Fernando Fraile González.

A propuesta de Comisiones Obreras (CC.OO.):

Vocal titular: D. Francisco Javier Fernández Martín.

En representación del Consejo Escolar de Canarias:

Vocal titular: Dña. María Dolores Berriel Martínez.

Vocal suplente: D. Diego Espasa Labrador.

A propuesta de la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife (C.E.O.E.-Tenerife):

Vocal titular: D. Pedro Alfonso Martín.

Vocal titular: D. Jorge Padrón Marrero.

Segundo.- Nombrar como vocales titulares y suplentes en el Consejo Canario de Formación Profesional a las siguientes personas:

A propuesta de la Confederación Canaria de Empresarios (C.C.E.):

Vocal titular: D. José Antonio Newport Machín.

Vocal suplente: Dña. Montserrat Villalba Ruiz.

A propuesta de Comisiones Obreras (CC.OO.):

Vocal titular: Dña. María del Carmen Marrero Falcón.

Vocales en representación del Consejo Escolar de Canarias:

Vocal titular: D. Ramón Aciego de Mendoza Lugo.

Vocal suplente: D. Miguel Ángel Ruiz Fuentes.

A propuesta de la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife (C.E.O.E.-Tenerife):

Vocal titular: D. Eduardo Bezares Carretero.

Vocal titular: D. Airam Rodríguez Rodríguez.

Tercero.- Una vez realizados los nombramientos, la composición de los vocales del Consejo Canario de Formación Profesional queda como sigue:

A propuesta de la Consejería competente en materia de educación:

Titulares:

- El/la Viceconsejero/a de Educación y Universidades.

- El/la Director/a General de Formación Profesional y Educación de Adultos.

- El/la Director/a General de Universidades.

Suplentes:

- El/la Responsable del Servicio de Escolarización y Estadística.

- El/la Técnico/a de Ordenación y Normativa Académica.

- El/la Director/a General de Personal.

A propuesta de la Consejería competente en materia de empleo:

Titulares:

- El/la Director/a del Servicio Canario de Empleo.

- El/la Subdirector/a de Formación del Servicio Canario de Empleo.

Suplentes:

- El/la Secretario/a General del Servicio Canario de Empleo.

- El/la Director/a del Instituto Canario de las Cualificaciones Profesionales.

A propuesta de la Consejería competente en materia de agricultura:

Titular:

- El/la Jefe/a del Servicio de Capacitación Agraria.

Suplente:

- El/la Director/a del Instituto de Formación Profesional Marítimo-Pesquera de Lanzarote.

Vocales en representación de las organizaciones sindicales más representativas de la Comunidad Autónoma:

A propuesta de la Unión General de Trabajadores (U.G.T.):

Titulares:

- D. José Juan Suárez Bautista.

- D. Jerónimo Luis Álvarez Santos.

- D. José Francisco González Carrillo.

Suplentes:

- D. Ángel Antonio Adán Peñalosa.

- D. Francisco Javier Afonso Palmero.

- D. Manuel Bueno Albújar.

A propuesta de Comisiones Obreras (CC.OO.):

Titulares:

- D. José Emilio Martín Acosta.

- Dña. María del Carmen Marrero Falcón.

- D. José Ramón Barroso Arteaga.

Suplentes:

- D. José Marrero Castro.

- D. Enrique Borrell Padrón.

Vocales en representación de las organizaciones empresariales más representativas de la Comunidad Autónoma:

A propuesta de la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife (C.E.O.E.-Tenerife):

Titulares:

- D. Eduardo Bezares Carretero.

- Dña. Eulalia García Silva.

- D. Airam Rodríguez Rodríguez.

Suplentes:

- Dña. Eugenia Soriano Iturralde.

- D. Víctor Portugués Carrillo.

- D. José González González.

A propuesta de la Confederación Canaria de Empresarios (C.C.E.):

Titulares:

- D. José Domingo Martín Espino.

- D. Pedro Samuel Ortega Hernández.

- D. José Antonio Newport Machín.

Suplentes:

- D. Juan Carlos Betancor García.

- Dña. Montserrat Villalba Ruiz.

- D. Javier Betancor Jorge.

- Vocales en representación del Consejo Escolar de Canarias:

Titulares:

- D. Ramón Aciego de Mendoza Lugo.

- D. Antonio Hernández Hernández.

Suplentes:

- D. Javier Concepción Soria.

- D. Miguel Ángel Ruiz Fuentes.

Secretario/a Titular: el/la Responsable del Servicio de Formación Profesional.

Secretario/a Suplente: el/la Jefe/a de Sección de Régimen Interior y Relaciones Institucionales del Servicio Canario de Empleo.

Cuarto.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Universidades, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación o bien directamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquel sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo, en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de noviembre de 2017.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN

Y UNIVERSIDADES,

Soledad Monzón Cabrera.

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