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BOC Nº 215. Miércoles 8 de Noviembre de 2017 - 5240

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana

5240 Edicto de 9 de octubre de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000256/2016.

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BOC-A-2017-215-5240. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Miriam Esther Méndez Pérez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a 18 de julio de 2017.

Vistos por mí, Dña. Cristina Sbert Pinilla, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana, los presentes autos del Juicio Ordinario seguidos en este juzgado con el nº 256/2016 a instancia del Procurador de los Tribunales, Dña. Pilar Quesada Rodríguez, en nombre y representación de la entidad BBVA, S.A. contra la entidad Asesoramiento, Mantenimiento y Decoración, S.L. y D. Ángel Álamo Oliva, en reclamación de cantidad, intereses y costas.

Debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Pilar Quesada Rodríguez, en nombre y representación de la entidad la entidad BBVA, S.A. contra la entidad Asesoramiento, Mantenimiento y Decoración, S.L. y D. Ángel Álamo Oliva, y, en consecuencia, se condena a la misma a abonar a la actora la cantidad de 105.559,58 euros más los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda, y las costas del presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma puede interponerse Recurso de Apelación, ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, dentro de los 20 días siguientes al de su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma D. José Manuel Díaz Pavón del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé y su Partido. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Asesoramiento Mantenimiento y Decoración, S.L. y Ángel Álamo Oliva, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 9 de octubre de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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