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BOC-A-2017-114-2885.
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Mediante Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad de 17 de septiembre de 2015, se convocaron las pruebas selectivas para constituir una lista de empleo del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Técnicos Facultativos Superiores (Grupo A, Subgrupo A1), Especialidad Técnicos de Prevención, de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 187, de 24.9.15).
La Resolución nº 42, de 1 de marzo de 2017, de la Dirección General de la Función Pública, aprueba parcialmente la lista de empleo del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Técnicos Facultativos Superiores (Grupo A, Subgrupo A1), Especialidad Técnicos de Prevención de la Administración Pública, de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, de 17 de septiembre de 2015.
Una vez resueltos los supuestos de empate conforme al criterio recogido en la base 12.2.c) de la convocatoria de referencia, según el cual "... Si permanece el empate, se solucionará aplicando los criterios citados a continuación en el siguiente orden: ... c) El mejor expediente académico de la titulación académica, utilizada para la admisión a las pruebas selectivas objeto de esta convocatoria", procede aprobar la referida lista de empleo en su totalidad.
Por lo anteriormente expuesto, y en el ejercicio de las competencias recogidas en el artículo 68 del Decreto 382/2015, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, esta Dirección General
R E S U E L V E:
Primero.- Aprobar la lista de empleo, en su totalidad, del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Técnicos Facultativos Superiores (Grupo A, Subgrupo A1), Especialidad Técnicos de Prevención de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Ver anexo en las páginas 16512-16515 del documento Descargar
Segundo.- Advertidos errores materiales en la Resolución de esta Dirección General de la Función Pública nº 42, de 1 de marzo de 2017, por la que se aprueba parcialmente la lista de empleo del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Técnicos Facultativos Superiores (Grupo A, Subgrupo A1), Especialidad Técnicos de Prevención de la Administración Pública, de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Orden de 17 de septiembre de 2015, de esta Consejería, de conformidad con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, procede la correspondiente rectificación de errores, en el siguiente sentido:
Donde dice:
Ver anexo en la página 16516 del documento Descargar
Tercero.- El funcionamiento de la lista de empleo se regirá conforme a lo establecido en la Orden de 3 de marzo de 2011, por la que se desarrolla, en el ámbito de Administración General, lo dispuesto en el Decreto 74/2010, de 1 de julio, por el que se establece el procedimiento de constitución de listas de empleo para el nombramiento de funcionarios interinos en los sectores de Administración General y docente no Universitario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de personal estatutario temporal en los Órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, y se regula el funcionamiento de las listas de empleo.
Cuarto.- De acuerdo con lo previsto en el artículo 6.3 del Decreto 74/2010, de 1 de julio, citado en el apartado anterior, quedan derogadas las listas existentes referidas al mismo Cuerpo, Escala y Especialidad.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Director General de la Función Pública, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, a tenor de lo regulado en el artículo 8.2.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentar recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 7 de junio de 2017.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier Rodríguez del Castillo.
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