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BOC-A-2017-071-1748.
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BDNS (Identif.): 341323.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3, letra b) y 20.8, letra a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).
Primero.- Beneficiarios.
Quienes satisfagan la prima de pólizas de seguros agrarios combinados que den cobertura a los riesgos amparados en las líneas de seguros previstas en el trigésimo octavo Plan de Seguros Agrarios Combinados publicado por Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de fecha 19 de diciembre de 2016 (BOE nº 310, de 24 de diciembre de 2016), y en el trigésimo séptimo Plan de Seguros Agrarios Combinados, publicado por Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de fecha 15 de diciembre de 2015 (BOE nº 303, de 19 de diciembre de 2015), que no se hubieran abonado por pertenecer al año agrícola 2015-2016, y que sean de aplicación en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Segundo.- Objeto.
Fomentar la contratación de seguros agrarios combinados como medio para que el agricultor y ganadero canario se independice en lo posible de los daños producidos por las frecuentes variaciones de los agentes naturales, ayudando al mantenimiento de la renta agraria.
Tercero.- Bases reguladoras.
Decreto 235/1998, de 18 de diciembre, por el que se establece el régimen de subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de seguros agrarios combinados (BOC nº 14, de 1.2.99).
Cuarto.- Cuantía.
Se destinan créditos por importe de dos millones doscientos cincuenta mil (2.250.000,00) euros.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Se considerará como plazo de presentación de solicitudes, el plazo de suscripción de las pólizas que para esta convocatoria y para el año agrícola 2017-2018, será el que se determina para cada línea en el anexo del trigésimo octavo Plan de Seguros Agrarios Combinados. También podrán acogerse a la convocatoria las pólizas que se hayan suscrito con anterioridad a que surta efectos la misma y cumplan con lo previsto en su resuelvo segundo.
Santa Cruz de Tenerife, a 30 de marzo de 2017.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y AGUAS,
Narvay Quintero Castañeda.
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