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BOC Nº 71. Martes 11 de Abril de 2017 - 1737

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

1737 Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 27 de marzo de 2017, por la que se anuncia la vacancia del puesto de trabajo de Secretaría, clase tercera, del Ayuntamiento de Puntallana, reservado a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, a los efectos de su provisión temporal.

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BOC-A-2017-071-1737. Firma electrónica - Descargar

I. ANTECEDENTES

1) Mediante oficio de 16 de marzo de 2017 (Registro de Salida nº 452, de la fecha citada), recibido en esta Dirección General el día 17 siguiente, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Puntallana remite la Resolución de la Alcaldía-Presidencia, en cuya virtud dispone que ocupe accidentalmente el puesto de Secretaría, clase tercera, de la Corporación, doña María del Rosario González Díaz, funcionaria de la Escala de Administración General, Subescala Administrativa; y, al mismo tiempo, solicita a este Centro Directivo que proceda al nombramiento accidental de la citada funcionaria.

2) El puesto de trabajo de Secretaría, clase tercera, está reservado a la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Secretaría-Intervención, y se halla, en el momento actual, sin titular definitivo.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 92.bis, apartado 7, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, adicionado por el apartado veinticinco del artículo primero de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local (BOE nº 312, de 30), que entró en vigor el día 31 de diciembre de 2013, dispone que las Comunidades Autónomas efectuarán, de acuerdo con la normativa establecida por la Administración del Estado, los nombramientos provisionales de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, así como las comisiones de servicios, acumulaciones, nombramientos de personal interino y de personal accidental.

El artículo 33 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional (BOE nº 189, de 9 de agosto), dispone que cuando no fuese posible la provisión de un puesto de trabajo reservado a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional por concurso o en virtud de nombramiento provisional, acumulación de funciones o comisión de servicios, las Corporaciones locales podrán nombrar, con carácter accidental, a uno de sus funcionarios suficientemente capacitado.

El párrafo segundo del citado precepto, añadido por el artículo decimocuarto del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, por el que se modifica la normativa reguladora de los sistemas de selección y provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional (BOE nº 163, de 9 de julio), norma reglamentaria que continúa en vigor de acuerdo con la disposición transitoria séptima, párrafo primero, de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, aclara, no obstante, que, en los casos de vacante del puesto, comisión de servicios o servicios especiales del titular, con carácter previo al nombramiento accidental, las Corporaciones locales deberán solicitar preceptivamente informe al órgano competente de la comunidad autónoma sobre la existencia de algún funcionario con habilitación de carácter nacional interesado en la provisión del puesto de trabajo por los procedimientos previstos en el artículo 30 -nombramiento provisional-, artículo 31 -acumulación de funciones- y artículo 32 -comisión de servicios-.

Segunda.- La finalidad de la presente publicación es, pues, la de comunicar la existencia del puesto vacante de Secretaría, clase tercera, del Ayuntamiento de Puntallana, a los efectos de su provisión temporal mediante nombramiento provisional, acumulación de funciones o comisión de servicios, y tiene como destinatarios a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.

En el ejercicio de la competencia que atribuye a esta Dirección General el artículo 71.2, letras m) y n), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por Decreto 382/2015, de 28 de diciembre (BOC nº 252, de 30), acerca de nombramientos accidentales a puestos reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional,

R E S U E L V O:

Dar publicidad a la vacancia del puesto de trabajo de Secretaría, clase tercera, del Ayuntamiento de Puntallana, a fin de que los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional que estén interesados en su provisión, mediante nombramiento provisional, comisión de servicios o acumulación de funciones, puedan presentar su solicitud en esta Dirección General, en el plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de marzo de 2017.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier Rodríguez del Castillo.

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