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BOC Nº 14. Viernes 20 de Enero de 2017 - 251

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

251 Viceconsejería de Acción Exterior.- Resolución de 16 de enero de 2017, por la que se efectúa convocatoria para la selección de ciudadanos canarios residentes en Venezuela que serán beneficiarios, durante el año 2017, de las prestaciones de la Fundación España Salud, conforme al Convenio suscrito entre dicha Fundación y el Gobierno de Canarias.

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BOC-A-2017-014-251. Firma electrónica - Descargar

Vista la prórroga del Convenio suscrito entre la Fundación España Salud y el Gobierno de Canarias, a través de esta Viceconsejería de Acción Exterior, por el que se proporcionará asistencia sanitaria a un total de 1.043 canarios residentes en Venezuela durante el año 2017.

Examinado el expediente tramitado para la convocatoria destinada a la selección de ciudadanos canarios residentes en Venezuela que serán beneficiarios de las prestaciones de la Fundación España Salud, en virtud del Convenio al que se ha hecho referencia.

Vista la propuesta formulada por el Director General de Emigración.

Teniendo en cuenta los siguientes,

I. ANTECEDENTES

Primero.- La grave crisis económica y social que sufre Venezuela, país en el que residen la mayor parte de los canarios residentes en el exterior, unida al envejecimiento de esta población, ha determinado que muchos de estos canarios se encuentren en situación de verdadera necesidad. Sin embargo, existe un colectivo de canarios, mayores de 65 años, que no tiene derecho a la percepción de la prestación económica por ancianidad y, por tanto, tampoco a obtener la prestación de la asistencia sanitaria que financia el Estado español, viéndose obligado a recurrir a los sistemas públicos de salud de Venezuela.

Debido a las diferencias existentes entre los servicios que ofrecen los Sistemas Públicos de Salud de Venezuela y de Canarias y al objeto de equiparar las prestaciones sanitarias que perciben los canarios que residen en Venezuela con las que proporciona el Sistema Canario de Salud, es preciso complementar la actuación del Estado y garantizar cobertura sanitaria adecuada a aquellos canarios residentes en Venezuela, mayores de 65 años, que se encuentran en situación de necesidad y no son beneficiarios de la prestación económica por ancianidad o incapacidad, ni de un seguro médico.

Segundo.- Para la prestación de esta asistencia sanitaria, el día 21 de diciembre de 2009, se firmó un Convenio entre la Presidencia del Gobierno de Canarias y la Fundación España Salud, que se ha venido prorrogando anualmente. Con fecha 30 de diciembre de 2016, se ha suscrito una Adenda a dicho Convenio, en virtud de la cual, la Fundación España Salud atenderá, durante el año 2017, a 1.043 canarios.

Tercero.- En la Ley 3/2016, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2017, se ha previsto el crédito destinado a esta finalidad en la aplicación presupuestaria 06.33.231P.490.00, línea de actuación 06.4.066.02 denominada "Fundación España Salud".

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo segundo del Decreto 232/2009, de 11 de diciembre, del Presidente, por el que se regula la prestación de la asistencia sanitaria a favor de los canarios residentes en Venezuela, mayores de 65 años, que se encuentran en situación de necesidad y no perciban la prestación económica por ancianidad, modificado por Decreto 117/2012, de 23 de noviembre, del Presidente, dispone que mediante convocatoria anual, que se efectuará por el órgano competente en materia de acción exterior, se seleccionarán los beneficiarios de esta asistencia sanitaria, tras la aplicación de los criterios de valoración y baremo que se especificarán en dicha convocatoria, así como que el número de beneficiarios estará determinado por el coste de esta asistencia sanitaria y las disponibilidades presupuestarias.

Segunda.- El artículo 11.2.a) del Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno, aprobado por Decreto 4/2016, de 1 de febrero, atribuye a la Viceconsejería de Acción Exterior la coordinación de la acción exterior de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercera.- La Viceconsejería de Acción Exterior se sitúa bajo la dependencia directa del Presidente del Gobierno, tal y como se establece en el artículo 1.2.b) del citado Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno.

A la vista de lo anterior y en el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Efectuar convocatoria al objeto de seleccionar a los ciudadanos canarios residentes en Venezuela que serán beneficiarios de las prestaciones de la Fundación España Salud, en virtud del Convenio suscrito entre dicha Fundación y el Gobierno de Canarias.

Segundo.- Aprobar las bases por las que se rige la convocatoria, que se contienen como Anexo I.

Tercero.- Publicar esta convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

Cuarto.- La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del día siguiente a su notificación, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Potestativamente podrá interponerse recurso de reposición ante esta Viceconsejería de Acción Exterior, en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo y, todo ello, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de enero de 2017.- El Viceconsejero de Acción Exterior, Pedro Rodríguez Zaragoza.

Ver anexo en las páginas 1075-1090 del documento Descargar

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