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BOC-A-2016-251-4902.
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D./Dña. Sara Rubira Varela, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA: en Santa Cruz de Tenerife, a 19 de septiembre de 2016, Dña. Ana Delia Hernández Sarmiento, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Tres de los de esta ciudad y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal seguidos con el nº 729/2015, entre partes, siendo demandante la entidad Nantes Machado, S.A., representada por el Procurador D. Pedro Ledo Crespo y defendida por el Letrado D. Manuel Linares Trujillo, contra D. Nicolás Morales Chinea y Dña. Ruth Morales Chinea, ambos en situación procesal de rebeldía, y que versa sobre reclamación de cantidad.
FALLO: que debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por el Procurador Pedro Ledo Crespo en nombre y representación de la entidad Nantes Machado, S.A., condenando en consecuencia a los demandados D. Nicolás Morales Chinea y Dña. Ruth Morales Chinea a pagar a la actora, conjunta y solidariamente, la cantidad de mil cuatrocientos cincuenta y dos euros con ochenta y seis céntimos (1.452,86). No se efectúa especial imposición de costas.
Notifíquese a las partes la presente resolución, haciendo constar que es firme en atención a la cuantía del litigio y no cabe contra la misma interponer recurso alguno.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Nicolás Domingo Morales Chinea, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 5 de octubre de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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