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BOC Nº 226. Martes 22 de Noviembre de 2016 - 4294

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Puerto del Rosario

4294 EDICTO de 1 de septiembre de 2016, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000195/2013.

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BOC-A-2016-226-4294. Firma electrónica - Descargar

D. José Carlos Hernández Acosta, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Puerto del Rosario y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Puerto del Rosario, a 1 de abril de 2016.

Vistos por la Sra. Dña. Clara Eugenia Franco Pardo, Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Puerto del Rosario los presentes autos de Procedimiento Ordinario, nº 195/2013 seguido entre partes, sobre división de bienes en común y proindiviso, de una como demandante D. Javier García Francés representada por la Procuradora Dña. Victoria Vigo Machín y asistida por el Letrado D. Ramón Benítez Robayna, y de otra como demandada Dña. Nicole Prestel, que no compareció habiendo sido legalmente citada,

FALLO

Que estimando la demanda formulada por D. Javier García Francés contra Dña. Nicole Prestel:

1) Debo declarar y declaro que la vivienda descrita como finca nº 18.041, vivienda señalada con el nº 98 de general, calificada como vivienda de protección oficial, en el portal 3, en la planta cuarta, con la letra A, construida sobre la parcela A.1.6 del sector nº 2 del suelo urbanizable programado sito en Morro Jable término municipal de Pájara, es propiedad de D. Javier García Francés y Dña. Nicole Prestel, por partes iguales e indivisas.

2) Debo declarar y declaro la obligatoriedad de dividir la cosa común, y al ser esencialmente indivisible, que se saque la vivienda a pública subasta y se reparta el importe que se obtenga entre ambos propietarios en proporción a lo abonado.

3) Se imponen las costas a la parte demandada.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Dña. Nicole Prestel, expido y libro el presente en Puerto del Rosario, a 1 de septiembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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