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BOC-A-2016-222-4223.
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El artículo 31.1.c) de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública establece que "La relación de subvenciones concedidas sin promover la concurrencia, especificando la persona o entidad beneficiaria, el importe y el destino de la misma, se publicará trimestralmente en el Boletín Oficial de Canarias, dentro del mes siguiente a la finalización de cada trimestre natural. En el caso de ayudas y subvenciones que se concedan sin promover la concurrencia, se expresarán las razones o motivos que justifiquen la no existencia de convocatoria pública".
Por otro lado según el apartado 2 del citado artículo "La publicación de los beneficiarios de las ayudas y subvenciones concedidas prevista en el apartado anterior no se realizará cuando la publicación de los datos del beneficiario en razón del objeto de la subvención pueda ser contraria al respeto y salvaguarda del honor, la intimidad personal y familiar de las personas físicas de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen".
En cumplimiento de lo establecido en la referida letra c) del artículo 31.1 se hacen públicas las subvenciones que, sin promover la concurrencia, han sido concedidas por el titular de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad en el tercer trimestre del año 2016 y que figuran en el anexo.
Santa Cruz de Tenerife, a 8 de noviembre de 2016.- La Secretaria General Técnica, Berta Pérez Hernández.
Ver anexo en las páginas 32055-32055 del documento Descargar
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