Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 220. Lunes 14 de Noviembre de 2016 - 4176

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Las Palmas de Gran Canaria

4176 EDICTO de 24 de octubre de 2016, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de familia. Modificación medidas supuesto contencioso nº 0000081/2016.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 243.46 Kb.
BOC-A-2016-220-4176. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Montserrat Gracia Mor, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de octubre de dos mil dieciséis.

Vistos por Dña. Pino Hormiga Franco, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Quince (Familia) de Las Palmas de Gran Canaria, los presentes autos de Juicio de Modificación de Medidas, seguidos con el número 0000081/2016, a instancia de la Procuradora Dña. Beatriz Ramírez Vázquez, en nombre y representación de Dña. Sandra Martín Godoy, asistido de Letrado D. Airam Ubay Medina Cabrera, contra D. Idelfonso Manuel Páez González, en situación de rebeldía procesal, recayendo la presente en base a lo siguiente.

Que estimando la demanda interpuesta a instancia de la Procuradora Dña. Beatriz Ramírez Vázquez, en nombre y representación de Dña. Sandra Martín Godoy, asistido de Letrado D. Airam Ubay Medina Cabrera contra D. Idelfonso Manuel Páez González, en situación de rebeldía procesal, se modifica la sentencia de fecha de 16 de mayo de 2005, objeto de estos autos en el sentido siguiente:

Dña. Sandra Martín Godoy, abonará en concepto de pensión de alimentos para el hijo en común, la suma de cuarenta euros mensuales (40 euros) mensuales, cantidad que será ingresada por meses anticipados, dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que el padre designe al efecto. Dicha cantidad se actualizará anualmente, conforme al IPC.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra la misma se podrá interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días que será resuelto por la Audiencia Provincial de Las Palmas.

Expídase y únase certificado de esta sentencia a las actuaciones, llevando el original al Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Idelfonso Manuel Páez González, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de octubre de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

© Gobierno de Canarias