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BOC-A-2016-207-3855.
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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,
R E S U E L V O:
Dar publicidad, en el Boletín Oficial de Canarias, al Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 6 de octubre de 2016, que da por subsanadas las condiciones para la publicación del Acuerdo de aprobación definitiva de la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación de San Bartolomé de Tirajana, en el ámbito del Sector 20 (Hornillo 3C 2/3) y de la ordenación pormenorizada del sector 20A, expediente 2013/3775, así como del Acuerdo de 11 de julio de 2016, cuyo texto figura como anexos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de octubre de 2016.- El Director General de Ordenación del Territorio, Pedro Afonso Padrón.
A N E X O I
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión ordinaria celebrada el día 6 de octubre de 2016, en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Primero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 44.2.b) del Reglamento de los Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, dar por subsanado el condicionante a cuyo cumplimiento se supeditó la publicación del Acuerdo de la COTMAC de fecha 11 de julio de 2016, de Aprobación Definitiva de la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación en el ámbito del Sector 20 (Hornillo 3C 2/3) y la Ordenación Pormenorizada del Sector 20 A término municipal de San Bartolomé de Tirajana.- Expte. 2013-3775.
Segundo.- Publicar el Acuerdo de la COTMAC de fecha 11 de julio de 2016 por el que se aprueba definitivamente la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación en el ámbito del Sector 20 (Hornillo 3C 2/3) y la Ordenación Pormenorizada del Sector 20 A término municipal de San Bartolomé de Tirajana.- Expte. 2013-3775.
Tercero.- Notificar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana y publicarlo en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- Belén Díaz Elías, Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.
A N E X O I I
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión ordinaria celebrada el día 11 de julio de 2016, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Primero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 44 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, aprobar definitivamente la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación de San Bartolomé de Tirajana, en el ámbito del sector 20 (Hornillo 3c 2/3) y ordenación pormenorizada del sector 20A término municipal de San Bartolomé de Tirajana. Expediente 2013/3775, si bien se condiciona la publicación del acuerdo de aprobación a que por el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana se remita el documento técnico refundido que incluya las últimas alteraciones introducidas como consecuencia de los informes emitidos por la Dirección General de Infraestructura Viaria y que de dicho documento se tome conocimiento por el Pleno municipal.
Segundo.- Notificar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana a sus efectos.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente Acuerdo, sin perjuicio de que tratándose de una Administración Pública se opte por efectuar el requerimiento previo, en el plazo de dos meses, para que anule o revoque el acto.
Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en los artículos 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, sobre texto refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, modificado por el Decreto 254/2003, de 2 de septiembre y por el Decreto 234/2005, de 27 de diciembre.
La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- Belén Díaz Elías, Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.
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