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BOC-A-2016-201-3716.
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Considerando lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias,
R E S U E L V E:
Delegar en el Presidente del Comité de Admisión del FDCAN, el requerimiento para la aclaración o mejora de solicitud, y petición de documentación precisa; el traslado a los departamentos autonómicos para determinar los aspectos competenciales, de oportunidad, o cualquier otra consideración que estime de interés el grupo asesor; así como la contratación, en su caso, de los servicios externos que pudieran precisarse para la más rápida y eficaz función de los asesores externos y finalidades de este Comité; así como, cuantos trámites y actuaciones fueran precisos al objeto de posibilitar la correcta resolución que corresponde al Comité de Admisión, en orden a la admisión de los programas y proyectos y para la emisión del informe que le está atribuido.
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de octubre de 2016.- El Presidente, José M. Barragán Cabrera.- El Secretario, Ceferino J. Marrero Fariña.
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