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BOC-A-2016-169-3148.
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El Pleno del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Teror, acordó, en sesión de fecha 29 de julio de 2016, aprobar por unanimidad el siguiente acuerdo:
Primero.- Aprobar con carácter definitivo el Estudio de Detalle para el Establecimiento de la alineación en la calle El Hoyo Entre los números 27 y 45.
Por motivo del siniestro consistente en el derrumbe del muro de contención existente en parte de dicho tramo de la calle El Hoyo, calle de acceso al Casco de Teror, a finales del año 2014, se planteó por los técnicos de este Ayuntamiento la oportunidad de fijar la alineación en el citado tramo, pues la misma viene fijada como orientativa por el Plan General de Ordenación Supletorio al ajustarse a los límites de la propiedad y no a la realidad de la calle, de tal modo que la alineación real y definitiva fuera la resultante de unir el extremo de la fachada del edificio "Residencial los Hoyos" con el extremo de la fachada de la edificación señalada con el número de gobierno 27. Así, junto al edificio con el número 27 de gobierno se produce un retranqueo de 4,5 metros, alcanzando dicho retranqueo un ancho de 7,3 metros a la altura del número 45 de gobierno.
Con dicho reajuste, además de fijar la alineación de una forma racional y lógica, la calle se ajustaría en la medida de lo posible a las Secciones tipo que se fijan en el propio Plan General Supletorio para este tipo de vial, respetando la rasante existente en la actualidad.
La solución propuesta tiene como principal objetivo dar continuidad a las alineaciones y rasantes preexistentes y de esta forma mejorar la accesibilidad, la seguridad vial y la calidad ambiental en el principal acceso al casco del municipio desde la ciudad capitalina, acercando la sección resultante a la propuesta en el Plan General Supletorio de Ordenación Municipal en las fichas de movilidad y garantizando los anchos mínimos de aceras, carriles de tráfico rodado, y otros servicios anexos tales como islas de recogida de residuos sólidos urbanos, aparcamientos y parada de transporte público regular.
Segundo.- Notificar el acuerdo de aprobación definitiva a los propietarios afectados directamente por el presente Estudio de Detalle, con independencia de que hayan prestado su conformidad mediante Declaración Responsable ante el Secretario General del Ayuntamiento el día 4 de febrero de 2016 en aras a cumplir con las condiciones del Decreto de Alcaldía de fecha 21 de mayo de 2015.
Tercero.- No consta que durante el período de información pública, que ha sido superior al mes, se haya presentado alegación alguna al Estudio de Detalle.
Cuarto.- Conforme a lo dispuesto en los artículos 87.2 y 50.2 del Reglamento de Procedimientos del Sistema de Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, se deberá remitir una copia debidamente diligenciada del documento aprobado definitivamente, con carácter previo a su publicación, a la Consejería de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias competente en materia de ordenación del territorio y al Consejo Cartográfico de Canarias.
Quinto.- Facultar al Sr. Alcalde Presidente para la publicación y remisión de los anuncios que correspondan.
Sexto.- Hacer saber que contra el citado acto expreso, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación o última publicación en diario oficial, recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (sede de Las Palmas), a tenor de lo establecido en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos.
Séptimo.- La publicación del texto íntegro del acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 44.2, párrafo 2º, del texto refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, previa acreditación de las remisiones a la Consejería competente en Política Territorial y Consejo Cartográfico de Canarias.
Procede la publicación de este acuerdo, asimismo, en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, junto con la normativa del Estudio de Detalle, cuyo resumen, a excepción de planos, se recoge en el punto primero del presente acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.2, en relación con el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
El Estudio de Detalle entrará en vigor a los 15 días hábiles de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Teror, a 23 de agosto de 2016.- El Alcalde Presidente, Gonzalo Rosario Ramos.
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