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BOC Nº 168. Miércoles 31 de Agosto de 2016 - 3129

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Hacienda

3129 ORDEN de 3 de agosto de 2016, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Hacienda para el período 2016-2018.

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BOC-A-2016-168-3129. Firma electrónica - Descargar

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1, de carácter básico, que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, contempla en sus artículos 6, 7 y 8 el procedimiento, alcance, vigencia, contenido y seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones.

Según lo previsto en dichos artículos, deberán recogerse en el Plan para todo el departamento y sus organismos públicos adscritos, por un período de tres años, los objetivos estratégicos, que describen el efecto e impacto que se espera lograr con la acción institucional durante el período de vigencia del Plan y que han de estar vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios, las líneas de subvención, debiendo concretarse las áreas de competencia afectadas y sectores hacia los que se dirigen las subvenciones, objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, plazo necesario para su consecución, costes previsibles para su realización y detalle de las fuentes de financiación, régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las diferentes líneas de subvenciones que se establezcan, con determinación de un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan que permitan conocer el grado de cumplimiento de los respectivos objetivos. Además, se establece preceptivamente un seguimiento y actualización anual y un informe a emitir en el período equivalente a la mitad de la vigencia del Plan, pudiendo dar lugar cualquiera de ellos a modificaciones, sustituciones o eliminación de líneas de subvenciones.

El Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, dispone en su artículo 6 que la Consejería de Hacienda continúa con las competencias en materia de Hacienda que legal y reglamentariamente tenía atribuidas la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad.

Por su parte el Decreto 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, concreta los órganos superiores y directivos en los que se estructura la Consejería de Hacienda.

El artículo 6 del precitado del Decreto 36/2009 prevé que la aprobación de los Planes Estratégicos de Subvenciones corresponde a los titulares de los departamentos, previo informe de la Dirección General competente en materia de Presupuestos. Dicho informe ha sido emitido con fecha 27 de julio de 2016. Para la elaboración del Plan se han recabado propuestas a los distintos centros gestores de subvenciones del departamento.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Hacienda para el período 2016-2018 en los términos que constan en el anexo de la presente Orden.

Segundo.- En el supuesto que una vez concluido el ejercicio presupuestario 2018, no se hubiese iniciado la vigencia del nuevo Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Hacienda, el presente se entenderá prorrogado en aquellas líneas de actuación que cuenten con consignación presupuestaria adecuada y suficiente en el ejercicio presupuestario 2019, hasta tanto se apruebe el nuevo plan.

Tercero.- Este Plan tiene carácter programático y su contenido no crea derechos y obligaciones, quedando condicionada su efectividad a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros factores a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio y al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria que se establezcan para la Comunidad Autónoma de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de agosto de 2016.

LA CONSEJERA

DE HACIENDA,

Rosa Dávila Mamely.

Ver anexo en las páginas 23831-23832 del documento Descargar

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