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BOC Nº 151. Viernes 5 de Agosto de 2016 - 2796

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Puerto del Rosario

2796 EDICTO de 2 de diciembre de 2015, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000959/2012.

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BOC-A-2016-151-2796. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. José Carlos Hernández Acosta, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Puerto del Rosario y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Puerto del Rosario, a 24 de marzo de 2015.

Vistos la Ilma. Sra. Dña. Clara Eugenia Franco Pardo, Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Puerto del Rosario y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal nº 959/12 en reclamación de cuotas comunitarias, siendo demandante la Comunidad de Propietarios Fuerturis, representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Nélida Cristina Santana Pérez, y asistida por la Letrada Dña. Yolanda Quesada Santana, y como demandada D. Augusto Ponce de León Echevarría, que no compareció habiendo sido citada legalmente,

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la Comunidad de Propietarios Fuerturis contra D. Augusto Ponce de León Echevarría, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la parte actora la cantidad de 5.229,25 euros, más los intereses legales y las costas.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, que se interpondrá en este Juzgado, en el plazo de 20 días a contar desde la notificación de la presente resolución (artº. 458 LEC).

Notifíquese esta sentencia a las demandadas personalmente, en la forma prevista en el artº. 162 de la LEC, salvo si se hallare en paradero desconocido, en cuyo caso la notificación se hará por medio de edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- La sentencia que antecede ha sido leída y publicada por la Sra. Jueza que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Augusto Ponce de León Echevarría, expido y libro el presente en Puerto del Rosario, a 2 de diciembre de 2015.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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