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BOC Nº 148. Martes 2 de Agosto de 2016 - 2699

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

2699 Secretaría General Técnica.- Resolución de 14 de julio de 2016, por la que se dispone la publicación del Convenio de Colaboración entre la Empresa Pública Gestión del Medio Rural de Canarias, S.A.U. y el Cabildo Insular de El Hierro, para la promoción de los productos del sector agropecuario y pesquero de la isla.

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BOC-A-2016-148-2699. Firma electrónica - Descargar

Suscrito el día 20 de noviembre 2015 el Convenio de Colaboración entre la Empresa Pública Gestión del Medio Rural de Canarias, S.A.U. y el Excelentísimo Cabildo Insular de El Hierro, para la promoción de los productos del sector agropecuario y pesquero de la isla.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública, y en el artículo número 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su redacción dada por el Decreto 89/2015, de 22 de mayo,

R E S U E L V O:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias el Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de julio de 2016.- La Secretaria General Técnica, Pilar Herrera Rodríguez.

A N E X O

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA EMPRESA PÚBLICA GESTIÓN DEL MEDIO RURAL DE CANARIAS, S.A.U. Y EL EXCELENTÍSMO CABILDO INSULAR DE EL HIERRO, PARA LA PROMOCIÓN DE LOS PRODUCTOS DEL SECTOR AGROPECUARIO Y PESQUERO DE LA ISLA.

En Santa Cruz de Tenerife, a 20 de noviembre de 2015.

REUNIDOS

De una parte, D. Juan Antonio Alonso Barreto, mayor de edad, provisto de DNI 43618887-P, actuando en nombre y representación, en calidad de Consejero Delegado de la empresa pública Gestión del Medio Rural de Canarias, S.A.U, provista del CIF A-38075750, y domicilio a los efectos del presente en Polígono el Mayorazgo, calle Jesús Hernández Guzmán, nº 2, planta C, Santa Cruz de Tenerife, en adelante denominada "GMR".

Y de la otra, Dña. Belén Allende Rivera, mayor de edad, con DNI nº 42.071.156Q, nombre y representación del Excelentísimo Cabildo Insular de El Hierro, con CIF P-3800003-J en calidad de Presidenta facultado para este acto en virtud del acuerdo del Pleno de fecha 19 de junio de 2015, de la citada Corporación Insular, en virtud de los dispuesto en el artículo 34.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases del Régimen Local y con domicilio y señas a efectos de notificaciones que pudieran dimanar del presente convenio en calle Dr. Quintero Magdaleno, 11, 38900-Valverde, El Hierro (de ahora en adelante Cabildo Insular de El Hierro).

Ambos se reconocen capacidad suficiente y legitimación para establecer el siguiente Convenio de Colaboración y a tal efecto:

EXPONEN

1.- Que Gestión del Medio Rural de Canarias, S.A.U. (GMR Canarias, S.A.U.) es empresa pública instrumental de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias, creada para facilitar el desarrollo y ejecución de la política del gobierno regional en el sector agropecuario y pesquero.

2.- Que GMR Canarias, al ser empresa pública dependiente de la Consejería que goza de personalidad jurídica propia, tiene como objeto social, coadyuvar al desarrollo y ejecución de la política agroalimentaria del Gobierno de Canarias, desarrollando para la consecución de los fines públicos que tiene encomendados, entre otras, acciones tendentes al desarrollo y racionalización de los flujos interinsulares de productos agrarios que conforman el mercado canario, comercialización de productos agrarios originarios de Canarias y la prestación de servicios de información, promoción, asesoramiento y orientación de productos, producciones y mercados a las cooperativas, SAT y otras entidades asociativas, por los que su actividad tiene un mar.

3.- Que es interés de ambas partes colaborar conjuntamente en la promoción de los productos agrarios de El Hierro, con la finalidad de optimizar la eficiencia de la actividad promocional mediante la realización de acciones conjuntamente que deberán estar alineadas con la estrategia promocional definida por la isla de El Hierro.

4.- Que la empresa GMR Canarias tiene voluntad de colaborar económicamente en las actividades que realizará el Cabildo de El Hierro, dentro del Proyecto "El Hierro, Un Puerto de Vida", a lo largo de los meses de octubre y noviembre, para lograr un mayor conocimiento por parte de los visitantes tanto de la isla como de las bondades de los productos agrarios producidos en El Hierro.

5.- Que en virtud de todo ello, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración, de conformidad con las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.- Objeto.

Las acciones a desarrollar con motivo del presente proyecto promocional y a las que vienen obligadas a realizar las comparecientes en lo que respectivamente se especifica son las expuestas a continuación:

- Primeras Jornadas del Plan Gastronómico de La Restinga.

- Primer Concurso Gastronómico "Mar de las Calmas" (Turismo).

- Primera cata de Vinos con D.O. de la Zona Sur y Cata de Vinos envejecidos en El Mar de las Calmas.

- Participación en el Programa de Radio " Un puerto de Vida".

GMR Canarias, S.A.U. facilitará a la entidad el logotipo, imágenes, y material necesario para la correcta ejecución de las acciones citadas, no pudiendo emitir material alguno sin la conformidad de GMR Canarias, en aquellas actividades sobre las que se establece la colaboración.

Una vez concluida las acciones promocionales antes descritas, el Cabildo Insular de El Hierro, remitirá a GMR Canarias la siguiente documentación:

- Justificación de la efectiva realización de las acciones (originales de los anuncios en periódicos y revistas, pantallazos de la acciones en internet, informe sobre la realización de las acciones formativas, certificados de emisión, etc.).

- Un informe evaluando los resultados de la campaña/acciones promocionales, sin el cual no se procederá al pago de las factura final que se emita en el marco de este Convenio.

Segunda.- Condiciones económicas.

Las partes acuerdan colaborar mutuamente aportando la cantidad de catorce mil setecientos noventa y un (14.791) euros incluidos impuestos indirectos que serán asumidos por GMR Canarias, S.A.U. al 100%, previa presentación de memoria y de factura de las diferentes actividades.

Dicha cantidad opera como presupuesto máximo a destinar al objeto del Convenio, que será objeto de abono en función de las acciones promocionales comprometidas y ejecutadas en el marco de las determinaciones establecidas en el presente Convenio.

Tercera.- Vigencia.

El presente Convenio de Colaboración entrará en vigor desde el 1 de octubre y se extinguirá el 31 de diciembre de 2015, o cuando finalice la última de las acciones con cargo al presupuesto máximo asignado al mismo.

No obstante, excepcionalmente podrá incluirse acciones promocionales anteriores a la fecha de la firma del presente Convenio, siempre que estas respeten todos y cada una de las condiciones establecidas en el mismo y sean debidamente aprobadas por ambas partes.

Cuarta.- Extinción.

El presente Convenio quedará resuelto si se diere alguna de las siguientes circunstancias:

1. Por mutuo acuerdo entre las partes.

2. Por cumplimiento del término pactado o de cualquiera de sus prórrogas mediante notificación fehaciente de la denuncia del contrato de cualquiera de las partes a la otra según se indica en el presente contrato.

3. Cuando la otra parte hubiere incumplido total o parcialmente cualquiera de la obligaciones legal o contractualmente establecidas.

4. Que la otra parte solicite una moratoria o suspensión de pagos, o se declare en quiebra o presente escrito pidiendo ser declarada en quiebra, o reduzca su solvencia, o se produzca una modificación en la composición de su accionariado.

Quinta.- Generalidades.

1. Renuncia. El hecho de que una de las partes deje en una o más ocasiones, de ejercer cualquier derecho o acción que le asista, no podrá interpretarse como renuncia al derecho de dicha parte a proceder a dicho ejercicio en cualquier momento posterior.

2. Acuerdo único. El presente contrato constituye el único acuerdo existente entre las partes, y sustituye a cualesquiera contratos previos, sean verbales o escritos. Este contrato podrá modificarse únicamente mediante documento escrito firmado por ambas partes.

3. Separabilidad de las disposiciones. En el caso de que cualquiera de las disposiciones del presente contrato se reputara inválida o inejecutable, tal disposición se considerará separable del resto de las disposiciones del mismo, y se sustituirá por una disposición válida y ejecutable que tenga, en la mayor medida posible, el mismo efecto jurídico y económico.

4. Ley aplicable. Las partes acuerdan someter el presente contrato a la Ley Española.

5. Fuero. Las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiese corresponderles, acuerdan someter cualquier diferencia o controversia que pudiera surgir en la interpretación o ejecución del presente contrato, a la jurisdicción de los Jueces y Tribunales de Santa Cruz de Tenerife.

6. Notificaciones. Salvo que este contrato establezca expresamente otra cosa, todos los avisos y notificaciones u otros comunicados que puedan o deban cursarse en relación con lo estipulado en este contrato se cursarán por escrito y se enviarán por correo certificado y debidamente franqueado a las direcciones respectivas que figuran al inicio de este contrato para cada una de las partes. A los efectos de recibir tales avisos o comunicados, cualquiera de las partes podrá cambiar la antedicha dirección mediante notificación cursada a la otra parte con sujeción a lo estipulado en esta cláusula.

Y en prueba de conformidad con lo aquí escrito, las partes intervinientes firman este contrato en la fecha y lugar señalados al comienzo.- La Presidenta del Cabildo Insular de El Hierro, María Belén Allende Riera.- El Consejero Delegado de Gestión del Medio Rural de Canarias, S.A.U. (GMR), Juan Antonio Alonso Barreto.

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