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BOC Nº 130. Jueves 7 de Julio de 2016 - 2254

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

2254 ORDEN de 28 de junio de 2016, por la que se aprueba la integración provisional del funcionario D. José María Yanes González en el Cuerpo Administrativo (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, transferido mediante Real Decreto 2463/1996, de 2 de diciembre.

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BOC-A-2016-130-2254. Firma electrónica - Descargar

Examinado el expediente administrativo tramitado en la Dirección General de la Función Pública para la integración del funcionario transferido a la Comunidad Autónoma de Canarias, en el Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y, teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- D. José María Yanes González es funcionario de carrera perteneciente al Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, nombrado por Resolución del Secretario de Estado para la Administración Pública de 23 de diciembre de 1985. Fue transferido a la Comunidad Autónoma de Canarias mediante Real Decreto 2463/1996, de 2 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma en materia de provisión de medios personales al Servicio de la Administración de Justicia.

Segundo.- Con fecha 17 de mayo de 2016, tuvo entrada en la Dirección General de la Función Pública escrito del funcionario solicitando su integración en el Cuerpo Administrativo de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercero.- Con fecha 6 de junio de 2016, se solicitó a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, el informe propuesta sobre la citada integración.

Cuarto.- Con fecha 21 de junio de 2016, por la indicada Secretaría General Técnica, se emitió informe favorable a la integración del citado funcionario en el Cuerpo Administrativo de la Comunidad Autónoma de Canarias.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El apartado tercero de la Orden de 13 de junio de 1989 (BOC de 23.6.89), que regula el procedimiento a seguir para la integración de funcionarios en los Cuerpos y Escalas de la Comunidad Autónoma de Canarias atribuye al Titular de la extinta Consejería de la Presidencia, actualmente Consejería de Presidencia Justicia e Igualdad, la competencia en materia de integraciones en Cuerpos y Escalas.

Segunda.- La Disposición transitoria primera de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, establece que quedarán integrados en la función pública de la Administración Autonómica y en alguno de los Cuerpos o Escalas creados en la Disposición adicional primera, todos los funcionarios transferidos y asumidos por esta o que pudiesen serlo en el futuro, de acuerdo con las siguientes normas:

En el Cuerpo Administrativo se integran los funcionarios pertenecientes al Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado y todos los funcionarios a los que les fue exigida, para su ingreso en el Cuerpo o Escala de origen, la titulación académica requerida en esta Ley para el ingreso en el Grupo C (actualmente Grupo C, Subgrupo C1 de conformidad con la Disposición transitoria tercera del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público) y desempeñan funciones previstas para este Cuerpo en la Disposición adicional segunda (la pertenencia al Cuerpo Administrativo habilita al ejercicio de funciones de trámite y colaboración no asignados a funcionarios de los Cuerpos A y B (Actualmente Cuerpo A, Subgrupo A1 y A2), así como las de mecanografía, cálculo y manejo de máquinas cuando las necesidades del servicio lo requieran.

En su virtud, de conformidad con lo expuesto, los preceptos legales citados y demás de pertinente y concordante aplicación,

R E S U E L V O:

Uno.- Aprobar la integración provisional del funcionario de carrera D. José María Yanes González con DNI nº 42004580W en el Cuerpo Administrativo (Grupo C, Subgrupo C1) de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Dos.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias a fin de que el interesado pueda formular reclamaciones durante el plazo de quince días, contados a partir del siguiente a la publicación de la misma, aportando los documentos y justificaciones que estime pertinentes (punto 5º de la Orden de la Consejería de la Presidencia de 13 de junio de 1989, Boletín Oficial de Canarias de 23 de junio, por la que se establece el procedimiento a seguir para la integración de los funcionarios transferidos a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, y de los asumidos por esta, en los Cuerpos y Escalas de la misma, en cumplimiento de lo establecido en la Disposición transitoria primera de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria).

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de junio de 2016.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,

JUSTICIA E IGUALDAD,

Aarón Afonso González.

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