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BOC-A-2016-117-1943.
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Vistas las solicitudes presentadas, al objeto de acogerse a las ayudas establecidas en la Acción I.2 "Ayuda para la comercialización fuera de Canarias de frutas, hortalizas, plantas ornamentales, flores y esquejes"; Subacción I.2.2 "Tomate" del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2015, convocadas por Resolución de la Viceconsejería de Agricultura y Ganadería, de 19 de diciembre de 2014 (BOC nº 252, de 30.12.14) y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Las modificaciones al Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias para la campaña 2015 han sido aprobadas por la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea y publicitadas por Orden de esta Consejería, de 11 de marzo de 2015, por la que se da publicidad a las modificaciones efectuadas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, establecido en virtud del Reglamento (UE) nº 228/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo (BOC nº 55, de 20.3.15).
Segundo.- Mediante Resolución de la Viceconsejería de Agricultura y Ganadería, de 19 de diciembre de 2014, se convocan para la campaña 2015 las ayudas establecidas en la Acción I.2 "Ayuda para la comercialización fuera de Canarias de frutas, hortalizas, plantas ornamentales, flores y esquejes" del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (BOC nº 252, de 30.12.14).
Tercero.- Al objeto de acogerse a las ayudas establecidas en la Subacción I.2.2 "Tomate", han presentado contratos de campaña un total de 21 operadores para los tomates comercializados en el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2015.
Cuarto.- Conforme a lo establecido en la base séptima de la convocatoria, el Organismo Pagador de Fondos Agrícolas Europeos ha llevado a cabo los controles administrativos y sobre el terreno necesarios para la correcta gestión de la ayuda.
Quinto.- Así mismo, conforme a lo dispuesto en el punto 8 de la base séptima citada en el antecedente de hecho anterior, el órgano instructor formuló propuesta de resolución debidamente motivada que ha sido notificada a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC nº 89, 10.5.16), concediéndoles un plazo de 10 días, a contar desde el día siguiente al de su publicación, para que presenten las alegaciones y/o la documentación que estimen oportunas. Transcurrido dicho plazo, los solicitantes Hibberd Imports LTD. (506377544), J.V. White LTD. (163983824), S.A.T. Bonnysa (F03842671) y Zoutwelle Import BV (NL006181302B01) han presentado alegaciones.
Sexto.- Las entidades Fortuna Frutos Continental B.V. (NL802939946B01) y Fortuna Frutos (U.K.), LTD. (GB724794311) han renunciado a los contratos presentados y registrados con los números 350045 y 350046, respectivamente.
A los citados antecedentes les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Corresponde a esta Viceconsejería la competencia para realizar los actos de instrucción y de resolución de la convocatoria, a tenor de lo establecido en las bases séptima y octava de la citada Resolución de la Viceconsejería de Agricultura y Ganadería, de 19 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2.c) del artículo 5 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, aprobado por el Decreto 40/2012, de 17 de mayo (BOC nº 103, de 25.5.12 y BOC nº 248, de 23.12.15).
Segundo.- Los peticionarios relacionados en el Anexo I cumplen los requisitos contenidos en las bases 3, 5 y 6 de la convocatoria, respecto a la Subacción I.2.2 "Tomate" para los tomates comercializados en el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2015, y en su caso, su solicitud se ha visto reducida por las razones expuestas en el mismo, cuyos códigos se describen en el Anexo III.
Tercero.- Los contratos de campaña de los peticionarios relacionados en el Anexo II no cumplen los requisitos contenidos en las bases 3, 5 y 6 de la convocatoria, respecto a la Subacción I.2.2 "Tomate" para los tomates comercializados en el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre, por las razones expuestas en el mismo, cuyos códigos se describen en el Anexo III.
Cuarto.- De acuerdo con lo señalado en el antecedente de hecho quinto de esta Resolución y conforme a lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Viceconsejería de Agricultura y Ganadería ha dado trámite de audiencia a los interesados. Transcurrido el plazo de 10 días concedido, han presentado alegaciones a la resolución provisional los solicitantes Hibberd Imports LTD (506377544), J.V. White LTD. (163983824) y Zoutwelle Import BV (NL006181302B01) alegando que sus contratos no aparecen en ningún anexo y la entidad S.A.T. Bonnysa (F03842671) alegando que no está de acuerdo con la sanción por rendimiento aplicada en su contrato 380085.
A la vista de las alegaciones presentadas, se comprueba que se ha producido un error material en las solicitudes de las entidades Hibberd Imports LTD (506377544), J.V. White LTD (163983824) y Zoutwelle Import BV (NL006181302B01), al no grabarse correctamente las fechas de los contratos de dichas entidades. Procede por tanto, corregir dicho error.
En el caso de la alegación presentada por S.A.T. Bonnysa (F03842671) se ha producido un error en el cálculo del rendimiento aplicado a la totalidad de los contratos del semestre: en consecuencia, procede corregir también los contratos 350051 y 350054.
Vistas las disposiciones legales de aplicación, y el Informe-propuesta del Organismo Pagador de Fondos Agrícolas Europeos, en uso de las competencias que me han sido atribuidas,
R E S U E L V O:
Primero.- Conceder a los beneficiarios relacionados en el Anexo I la "Ayuda para la comercialización fuera de Canarias de frutas, hortalizas, plantas ornamentales, flores y esquejes"; Subacción I.2.2 "Tomate" para los tomates comercializados en el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2015, establecida en la Acción I.2 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2015, por las cantidades allí expresadas y con las reducciones aplicadas, en su caso, por las razones expuestas cuyos códigos se describen en el Anexo III.
Segundo.- Desestimar los contratos de campaña presentados por los peticionarios relacionados en el Anexo II que no cumplen los requisitos contenidos en las bases 3, 5 y 6 de la convocatoria, respecto a la Subacción I.2.2 "Tomate" para los tomates comercializados en el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2015, por las razones expuestas en el mismo, cuyos códigos se describen en el Anexo III.
Tercero.- Dar por desistidas de su solicitud a las entidades Fortuna Frutos Continental B.V. (NL802939946B01) y Fortuna Frutos (U.K.), LTD (GB724794311) por haber renunciado a los contratos presentados y registrados con los números 350045 y 350046, respectivamente.
Cuarto.- Las ayudas se abonarán directamente al beneficiario en la cuenta corriente declarada en la solicitud y por los tomates efectivamente comercializados en el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2015.
Quinto.- Estimar las alegaciones presentadas a la Resolución de esta Viceconsejería por la que se conceden provisionalmente las ayudas establecidas en la Acción I.2 "Ayuda para la comercialización fuera de Canarias de frutas, hortalizas, plantas ornamentales, flores y esquejes"; Subacción I.2.2 "Tomate" del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, segundo semestre de la campaña 2015.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, sin perjuicio de cualquier otro que estimen oportuno.
Santa Cruz de Tenerife, a 8 de junio de 2016.- El Viceconsejero de Sector Primario, p.d. (Resolución nº 49, de 29.1.16), el Subdirector del Organismo Pagador de Fondos Agrícolas Europeos, Juan José Hernández Cruz.
Ver anexo en las páginas 14148-14150 del documento Descargar
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