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BOC Nº 115. Jueves 16 de Junio de 2016 - 1892

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación y Universidades

1892 ORDEN de 13 de junio de 2016, por la que se establece el plazo de preinscripción, la fecha límite de publicación de las listas de admitidos y el plazo de matriculación en las Universidades Públicas Canarias para el curso académico 2016-2017.

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BOC-A-2016-115-1892. Firma electrónica - Descargar

Vista la propuesta del Ilmo. Sr. Director General de Universidades, relativa a la determinación del plazo de preinscripción, la fecha límite de publicación de las listas de admitidos y el plazo de matriculación en las universidades públicas canarias para el curso académico 2016-2017, y de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Resolución de 18 de mayo de 2016, de la Secretaría General de Universidades, se publica el Acuerdo de 18 de mayo de 2016, de la Conferencia General de Política Universitaria, por el que se determinan las fechas límite de preinscripción, de publicación de listas de admitidos y de inicio del periodo de matriculación en las universidades públicas para el curso académico 2016-2017 (BOE nº 123, de 21 de mayo de 2016).

Segundo.- La Conferencia General de Política Universitaria, en la sesión de su Comisión Delegada de 18 de mayo de 2016, ha acordado las siguientes fechas límite de preinscripción, de publicación de las listas de admisión y de inicio del periodo de matriculación en las Universidades públicas para el curso 2016-2017:

- Período para la preinscripción: deberá estar abierto hasta el 1 de julio de 2016, inclusive.

Por lo que se refiere a los estudiantes que accedan a la universidad por la vía prevista en los artículos 9.1.b) y 9.2.b) y c) del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado, dicho período deberá estar abierto hasta el 11 de julio de 2016, inclusive.

- Fecha para la publicación de la lista de admitidos: hasta el 18 de julio de 2016.

- Período de matriculación: deberá estar abierto desde la fecha de publicación de las listas de admitidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 7 del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado dispone que: "La Conferencia General de Política Universitaria, en función de las fechas fijadas para la realización de la evaluación final de Bachillerato, fijará los plazos mínimos de preinscripción y matriculación en las universidades públicas para permitir a los estudiantes concurrir a la oferta de todas las universidades."

Segundo.- En virtud del citado artículo la Conferencia General de Política Universitaria, en su sesión del día 18 de mayo de 2016, acordó las fechas límite de preinscripción de publicación de listas de admitidos y de inicio del período de matriculación en las universidades públicas para el curso académico 2016-2017.

Tercero.- Actualmente, la Consejería de Educación y Universidades asume las competencias que legal y reglamentariamente tenía atribuidas en materia de Educación y Universidades la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad, en virtud de la previsión contenida en el artículo 9 del vigente Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC nº 133, de 10.7.15).

Por todo ello, y en virtud de las competencias atribuidas en el artº. 29 de la Ley 14/1990 de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1.8.90), los artículos 4 y 5 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aprobado por el Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC nº 148, de 1.8.06), en su redacción actual, vigente en tanto no se derogue expresamente, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 9 del citado Decreto 103/2015, y el Decreto 105/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se nombra a los Consejeros del Gobierno de Canarias (BOC nº 133, de 10.7.15),

R E S U E L V O:

Primero.- Establecer los períodos de preinscripción y matrícula y la fecha límite de publicación de las listas de admitidos de las universidades públicas canarias para el curso académico 2016-2017, que a continuación se indican:

Plazo de preinscripción: se abrirá el 16 de junio de 2016, y se cerrará el 1 de julio de 2016, para ambas universidades públicas canarias. Para los estudiantes que accedan a la universidad por la vía prevista en los artículos 9.1.b) y 9.2.b) y c) del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado, dicho período deberá estar abierto hasta el 11 de julio de 2016, inclusive.

Fecha de publicación del listado de admitidos: se publicará el 14 de julio de 2016, en ambas universidades públicas canarias.

Plazo de matrícula ordinaria: se abrirá desde el 14 de julio de 2016 y se cerrará el 13 de septiembre de 2016, en ambas universidades públicas canarias.

Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente, recurso contencioso administrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación. En caso de interponerse recurso potestativo de reposición, no podrá acudirse a la vía contencioso administrativa hasta que aquel sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo, lo cual acontecerá si no recae resolución expresa tras el transcurso de un mes desde su interposición. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 13 de junio de 2016.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN

Y UNIVERSIDADES,

Soledad Monzón Cabrera.

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