Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 110. Jueves 9 de Junio de 2016 - 1767

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Educación y Universidades

1767 Dirección General de Personal.- Resolución de 27 de mayo de 2016, por la que se declara, en cuanto a la vacante de la Dirección del CEIP Adamancasis, municipio de El Paso, isla de La Palma, la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento iniciado mediante Resolución de 29 de enero de 2016, que convoca procedimiento para la selección de Directores de los Centros Públicos de Enseñanzas no Universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias, para el periodo de mandato 2016-2020.

3 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 304.09 Kb.
BOC-A-2016-110-1767. Firma electrónica - Descargar

Vista la Resolución de prolongación de permanencia en el servicio activo dictada por la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife y de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Resolución del Director Territorial de Educación de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife de fecha 1 de julio de 2014, se procedió a renovar el nombramiento del funcionario D. Ángel Roberto Camacho López, con DNI nº 4214839J, como director del Colegio de Educación Infantil y Primaria "Adamancasis", sito en el término municipal de El Paso, provincia de Santa Cruz de Tenerife.

El período de mandato al que se hace extensiva la renovación del mencionado nombramiento es desde el 1 de julio de 2014 hasta el 30 de junio de 2018.

Ello no obstante, la fecha prevista para la jubilación forzosa del mencionado funcionario era el 23 de septiembre de 2015.

Segundo.- Solicitada por D. Ángel Roberto Camacho López la prórroga en el servicio hasta el 30 de junio de 2016, dicha solicitud fue estimada por silencio administrativo, lo que comportaba, en consecuencia, la previsión de la vacancia en dicha fecha en el cargo de director del CEIP Adamancasis.

Presentada, con fecha 15 de enero de 2016, nueva solicitud de prolongación del servicio activo hasta el 30 de junio de 2017, la misma es estimada expresamente por Resolución de la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife de fecha 6 de mayo de 2016.

Tercero.- Mediante Resolución de la Dirección General de Personal de 29 de enero de 2016 (BOC nº 31, de 16.2.16) se convocó el procedimiento para la selección de directores de los centros públicos de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias, para el periodo de mandato 2016-2020.

El resuelvo segundo de dicha Resolución aprueba las vacantes definitivas, tal y como aparecen relacionadas en el Anexo II. Entre ellas se encuentra la siguiente vacante:

Ver anexo en la página 12921 del documento Descargar

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 138 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y en el artículo 19 del Decreto Territorial 106/2009, de 28 de julio, por el que se regula la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 155, de 11.8.09), modificado por Decreto 121/2015, de 22 de mayo (BOC nº 101, de 28.5.15), el cese del director o de la directora se producirá en los siguientes supuestos: a) finalización del período para el que fue nombrado y, en su caso, de la prórroga del mismo; b) renuncia motivada aceptada por el órgano competente de la Administración educativa; c) incapacidad física o psíquica sobrevenida, que impida o dificulte gravemente el desempeño del cargo directivo; d) revocación motivada por el órgano competente de la Administración educativa a iniciativa propia o a propuesta motivada del Consejo Escolar, por incumplimiento grave de las funciones inherentes al cargo, previa la instrucción de un expediente contradictorio, previa audiencia al interesado y oído el Consejo Escolar; e) cuando pase a una situación administrativa distinta a la de servicio activo, a las que se refieren las letras b), c), d) y e) del artículo 37 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

Segundo.- El artículo 5 de la Orden de 23 de diciembre de 2009, por la que se determinan los procedimientos de selección, evaluación y renovación de los nombramientos de las direcciones de los centros públicos de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias establece que la administración educativa publicará anualmente las vacantes a la dirección de los centros docentes públicos previstas para el curso escolar siguiente.

Tercero.- El artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que en los casos de desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, la resolución del mismo consistirá en la declaración de esta circunstancia, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables.

Cuarto.- Tal y como se desprende del resuelvo segundo de la mencionada Resolución de la Dirección General de Personal de 29 de enero de 2016, las previsiones de vacantes a dicha fecha incluían el CEIP Adamancasis. Dichas previsiones deben alterarse, en vista de la Resolución dictada el 6 de mayo de 2016 por la Dirección Territorial de Educación de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, la cual prolonga la permanencia en el servicio activo del citado funcionario hasta el 30 de junio de 2017.

Visto el artículo 13 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias aprobado por Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC nº 148, de 1.8.06), en su redacción actual, vigente en tanto no se derogue expresamente, el artículo 9 del Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente por el que se determina el número, denominación y competencias de las Consejerías (BOC nº 133, de 10.7.15), el Decreto 306/2015, de 30 de julio, de nombramiento del Director General de Personal de la Consejería de Educación y Universidades (BOC nº 149, de 3.8.15) y el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias (BOC nº 122, de 16.9.91),

R E S U E L V O:

Primero.- Declarar, en cuanto a la vacante que se detalla a continuación, la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento iniciado mediante Resolución de la Dirección General de Personal de 29 de enero de 2016, por la que se convoca el procedimiento para la selección de directores de los centros públicos de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias, para el periodo de mandato 2016-2020:

Ver anexo en la página 12922 del documento Descargar

Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de mayo de 2016.- El Director General de Personal, David Pérez-Dionis Chinea.

© Gobierno de Canarias