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BOC-A-2016-107-1687.
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D./Dña. David Carralero Núñez, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Santa Cruz de Tenerife, a 14 de julio de 2015.
Vistos por la Ilma. Sra. Dña. María Raquel Alejano Gómez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa Cruz de Tenerife los presentes autos de Procedimiento ordinario, nº 0001043/2012 seguido entre partes, de una como demandante Transportes Films, S.L., dirigido por el Letrado D. Julio Ortega Ribas y representado por el Procurador D. Jaime Modesto Comas Díaz y de otra como demandada Hortifruve, S.L., sobre Reclamación de Cantidad.
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador D. Jaime Modesto Comas Díaz en nombre de Transportes Films, S.L., debo condenar y condeno a la demandada Hortifruve, S.L. a que abone al actor la cantidad de 33.695,62 euros, más intereses legales desde 27 de enero de 2011 hasta sentencia e incrementados en dos puntos hasta su completo pago, y con imposición de las costas.
Esta resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artº. 455 LECn).
El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días, en la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artº. 458 LECn) estando a lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Hortifruve, S.L., expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 14 de julio de 2015.- El/la Secretario/a Judicial.
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