Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 49. Viernes 11 de Marzo de 2016 - 931

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Santa María de Guía de Gran Canaria

931 EDICTO de 15 de febrero de 2016, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000323/2013.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 225.69 Kb.
BOC-A-2016-049-931. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Sandra Batista Ortega, Letrada Admon. Justicia del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Santa María de Guía de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa María de Guía de Gran Canaria, a quince de febrero de dos mil dieciséis.

Humberto Martín Martín, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Santa María de Guía de Gran Canaria y su partido judicial, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario registrado con número 323/2013, seguidos en este Juzgado a instancia de Dña. Ezequiela Dulce María Lorenzo Cárdenas, representada por el Procurador de los Tribunales D. Carmelo Ortiz Pérez, y asistido del Letrado D. Anselmo Moreno Sosa, contra la mercantil "Inversiones Piornedo, S.L.U.", declarada en situación de rebeldía procesal en el presente pleito, en ejercicio de una acción de resolución contractual y de reclamación de cantidad.

FALLO

Estimo la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D. Carmelo Ortiz Pérez, en nombre y representación de Dña. Ezequiela Dulce María Lorenzo Cárdenas, contra "Inversiones Piornedo, S.L.U." declarada en situación de rebeldía procesal y, en consecuencia, declaro resuelto el contrato de compraventa de fecha 2 de marzo de 2007 celebrado entre las partes, y condeno a la demandada al pago de veintisiete mil ochenta y cinco euros con sententa y siete céntimos (27.085,77 euros), más el interés legal del dinero desde la interpelación judicial, incrementado en dos puntos desde la sentencia hasta el completo pago, todo ello con imposición de costas a la parte demandada.

Y para que sirva de notificación a la parte demandada, en paradero desconocido, "Inversiones Piornedo, S.L.U.", expido y libro el presente en Santa María de Guía de Gran Canaria, a 15 de febrero de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

© Gobierno de Canarias