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BOC-A-2016-045-821.
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CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO
TRIBUNAL QUE ORDENA EMPLAZAR
Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Las Palmas de Gran Canaria.
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 733/01.
PERSONAS A LAS QUE SE EMPLAZA
D. Pedro Rodríguez Rodríguez, D. Eulogio Rodríguez Rodríguez, Herencia Yacente y/o desconocidos herederos de D. Manuel Morán Martín, D. Sebastián Pérez Rodríguez, D. Antonio Nespereira Vidal, herencia yacente y/o desconocidos herederos de D. Manuel Montesdeoca Guerra y de la herencia yacente y/o desconocidos herederos de Dña. Flora Alonso Santana, en concepto de parte demandada.
OBJETO DEL EMPLAZAMIENTO.
Comparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada.
TRIBUNAL ANTE EL QUE DEBE COMPARECER.
En la sede de este Juzgado.
PLAZO PARA COMPARECER.
Veinte días hábiles computados desde el siguiente al de este emplazamiento.
PREVENCIONES LEGALES.
1.- Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley de Enjuiciamiento Civil -LEC-).
2.- La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la LEC).
3.- Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la LEC).
En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de diciembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Y como consecuencia del ignorado paradero de D. Pedro Rodríguez Rodríguez, D. Eulogio Rodríguez Rodríguez, herencia yacente y/o desconocidos herederos de D. Manuel Morán Martín, D. Sebastián Pérez Rodríguez, D. Antonio Nespereira Vidal, herencia yacente y/o desconocidos herederos de D. Manuel Montesdeoca Guerra y de la herencia yacente y/o desconocidos herederos de Dña. Flora Alonso Santana, se extiende la presente para que sirva de cédula de emplazamiento bastante.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de diciembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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