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BOC Nº 33. Jueves 18 de Febrero de 2016 - 549

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad

549 Dirección General de Protección de la Naturaleza.- Resolución de 3 de febrero de 2016, por la que se aprueba el Programa de Inspección Ambiental de las instalaciones sujetas a autorización ambiental integrada en el ámbito de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, en la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2016.

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BOC-A-2016-033-549. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES

Primero.- El Plan de Inspección Ambiental de las instalaciones sujetas a autorización ambiental integrada en el ámbito de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, en la Comunidad Autónoma de Canarias para el periodo 2016-2017, aprobado mediante Orden nº 24, de 1 de febrero de 2016, de la Consejera de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, establece que para que la ejecución de dicho Plan sea flexible a los cambios, y se pueda adaptar a los recursos disponibles y a la experiencia que se va adquiriendo mediante su implantación, debe ejecutarse a través de programas anuales que lo desarrollen.

En este sentido, surge el compromiso de que dicho Plan se desarrolle mediante programas anuales con el objeto de reflejar todos los cambios mencionados anteriormente así como para indicar las inspecciones ambientales que deben ser realizadas en cada año del periodo de aplicación de dicho Plan.

Segundo.- Así en el Programa de Inspección Ambiental de las instalaciones sujetas a autorización ambiental integrada en el ámbito de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, en la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2016, se debe indicar cómo se distribuirán las jornadas de inspección y verificación en función de cada materia a inspeccionar. Además se indicarán en el mismo los objetivos en materia de desarrollo de herramientas de evaluación ambiental, formación específica y adaptación de las actuaciones a los requisitos establecidos a la normativa de aplicación.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

I.- Por Orden nº 24, de 1 de febrero de 2016, de la Consejera de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, se aprobó el Plan de Inspección Ambiental de las instalaciones sujetas a autorización ambiental integrada en el ámbito de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, en la Comunidad Autónoma de Canarias para el periodo 2016-2017, que establecía la elaboración de programas de inspección ambiental para el periodo de aplicación de dicho Plan.

II.- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, indica en su artículo 39bis, que las Administraciones Públicas velarán por el cumplimiento de los requisitos aplicables según la legislación correspondiente, para lo cual podrán inspeccionar las actividades sin que en ningún caso se produzcan diferencias de trato discriminatorias.

III.- La Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, que en su artículo 20, acerca de la calidad de los servicios, indica que las Administraciones Públicas y demás autoridades competentes fomentarán un elevado nivel de calidad de los servicios, en particular impulsando inspecciones administrativas y controles periódicos, así como el diseño y reforzamiento de planes de inspección.

IV.- El presente Programa está basado en lo dispuesto en la siguiente normativa europea:

- La Recomendación 2001/331/CE, de 4 de abril de 2001, sobre criterios mínimos de las inspecciones medioambientales en los Estados miembros.

- La Directiva 2010/75/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación).

- Los trabajos realizados en el foro Impel (European Network for the Implementation and Enforcement of Environmental Law).", que en concreto han servido como base para ejecutar el proyecto de Redia (Red de Inspección Ambiental) titulado "Implementación del artículo 23 de la Directiva 2010/75/UE, de emisiones industriales. Preparación de un esquema común para la elaboración de planes y programas de inspección".

V.- La Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, conforme al artículo 7 del Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías (BOC nº 133, de 10.7.15), ha asumido las competencias en materia de medio ambiente de la extinta Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad.

Por otro lado, de acuerdo con el artículo 3.8 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, aprobado por Decreto 20/2004, de 2 de marzo, y teniendo en cuenta la distribución de competencias y la organización departamental determinadas por el nombrado Decreto 103/2015, de 9 de julio, y por el Decreto 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, corresponden a la actual Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad todas aquellas funciones en materia de medio ambiente que estatutariamente correspondan a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y no residan en otros órganos.

Este Reglamento Orgánico se estima vigente en virtud de lo previsto en la Disposición transitoria primera de este último Decreto 183/2015, de 21 de julio, hasta tanto se apruebe el correspondiente al actual departamento.

VI.- El apartado a) de la Disposición adicional segunda del Decreto 182/2006, de 12 de diciembre, por el que se determinan el órgano ambiental competente y el procedimiento de autorización ambiental integrada (BOC nº 246, de 21.12.06), establece que será competencia de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural la vigilancia, inspección y control del cumplimiento de las condiciones establecidas en las autorizaciones ambientales integradas.

Razones de eficacia y eficiencia han aconsejado delegar dichas facultades en la Dirección General de Protección de la Naturaleza dependiente de la Viceconsejería de Medio Ambiente, Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad del Gobierno de Canarias, por Resolución de 18 de noviembre de 2015, de la Directora Ejecutiva de dicha Agencia (BOC nº 231, de 27.11.15).

VII.- La Directora General de Protección de la Naturaleza es competente para aprobar el presente Programa de Inspección Ambiental, según lo dispuesto en el apartado segundo del Resuelvo de la Orden nº 24, de 1 de febrero de 2016, de la Consejera de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad por la que se aprueba el Plan de Inspección Ambiental de las instalaciones sujetas a autorización ambiental integrada en el ámbito de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, en la Comunidad Autónoma de Canarias para el periodo 2016-2017.

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar el Programa de Inspección Ambiental de las instalaciones sujetas a autorización ambiental integrada en el ámbito de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, en la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2016, que se incluye como Anexo de la presente resolución.

Segundo.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de febrero de 2016.- La Directora General de Protección de la Naturaleza, Sinesia María Medina Ramos.

Ver anexo en las páginas 4230-4236 del documento Descargar

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