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BOC Nº 31. Martes 16 de Febrero de 2016 - 524

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

524 Secretaría General Técnica.- Resolución de 3 de febrero de 2016, por la que se ordena la publicación de la Adenda de prórroga del Convenio de Colaboración entre el Instituto Canario de Igualdad y el Cabildo Insular de El Hierro para el desarrollo del sistema social de prevención y protección integral de las víctimas de la violencia de género en la isla de El Hierro.

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BOC-A-2016-031-524. Firma electrónica - Descargar

Con fecha 30 de diciembre de 2015 se suscribió la Adenda de prórroga del Convenio de Colaboración entre el Instituto Canario de Igualdad y el Cabildo Insular de El Hierro para el desarrollo del sistema social de prevención y protección integral de las víctimas de la violencia de género en la isla de El Hierro.

Considerando lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, así como en el artículo 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación de la mencionada Adenda que figura como anexo a la presente Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de febrero de 2016.- La Secretaria General Técnica, Berta Pérez Hernández.

A N E X O

ADENDA DE PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO CANARIO DE IGUALDAD Y EL CABILDO INSULAR DE EL HIERRO PARA EL DESARROLLO DEL SISTEMA SOCIAL DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL DE LAS VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA ISLA DE EL HIERRO.

Canarias, a 30 de diciembre de 2015.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Aarón Afonso González, en calidad de Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, nombrado por Decreto del Presidente del Gobierno de Canarias nº 105/2015, de 9 de julio (BOC nº 133, de 10 de julio de 2015), titular del departamento con competencia en el área material de igualdad entre mujeres y hombres en virtud de lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, y el artículo 1.16 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por Decreto 331/2011, de 22 de diciembre, departamento al que está adscrito el organismo autónomo Instituto Canario de Igualdad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.7 del Decreto 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias y el artículo 4.1 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad; en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 125.1 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares, en relación con el artículo 16.2 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, previa autorización del Gobierno de Canarias de fecha 28 de diciembre de 2015, y la Ilma. Sra. Dña. María Ana Franquet Navarro, Directora del Instituto Canario de Igualdad, nombrada por Decreto nº 237/2015, de 21 de julio (BOC nº 142, de 23 de julio de 2015), en ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 8.2.a) y 8.2.h), respectivamente, de la Ley 1/1994, de 13 de enero, del Instituto Canario de Igualdad.

De otra parte, Dña. María Belén Allende Riera, Presidenta del Excmo. Cabildo Insular de El Hierro, en representación legal que la misma tiene atribuida en virtud del artº. 34.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, así como del articulo 125.2 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares, facultada para este otorgamiento por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular adoptado en sesión extraordinaria urgente, celebrada el día 29 de diciembre de 2015.

Ambas partes, en la condición con que comparecen, se reconocen mutua y recíprocamente, con la capacidad legal necesaria para la formalización de la presente Adenda, y a tal efecto,

MANIFIESTAN

I. Partiendo de la necesidad de crear una red pública de servicios y centros para la atención a mujeres víctimas de violencia de género en Canarias, bajo los principios de transversalidad, eficacia, calidad, corresponsabilidad, coordinación, descentralización y homogeneidad, el Instituto Canario de Igualdad y los Cabildos Insulares han venido colaborando, mediante la formalización de convenios desde el año 2002.

II. Concretamente, el 21 de mayo de 2013 se formalizó entre el Instituto Canario de Igualdad y el Cabildo Insular de El Hierro un Convenio de Colaboración para el desarrollo del Sistema Social de Prevención y Protección Integral de las Víctimas de la Violencia de Género en esa isla, con una vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2013, donde se incluye como Anexo I la Red Insular de Servicios, Centros y Programas de Atención a las Víctimas de Violencia de Género siguiente:

Ver anexo en la página 4046 del documento Descargar

III. La cláusula séptima del mencionado Convenio prevé que el mismo puede prorrogarse anualmente mediante acuerdo expreso de las partes, condicionado a la disponibilidad presupuestaria y siempre que se presente en comisión paritaria la programación de actividades para el siguiente año con, al menos, dos meses de antelación.

IV. El Cabildo ha expresado su voluntad de prorrogar el Convenio. Asimismo presentó la programación a la que alude el párrafo anterior, que fue aprobada por la Comisión Paritaria celebrada el día 29 de octubre de 2015.

V. Teniendo en cuenta que las actividades que se van a financiar a través de esta Adenda al Convenio de Colaboración formalizado en 2013 son actividades de realización obligatoria por el Cabildo beneficiario en virtud de lo previsto en la Ley 16/2003, la financiación de las mismas no constituye una subvención sino una aportación dineraria, quedando excluido el Convenio del ámbito de aplicación de la Ley General de Subvenciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.3.a) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En su virtud, y de conformidad con lo previsto en la cláusula séptima del mencionado convenio, ambas partes

ACUERDAN

Primero.- Prorrogar el Convenio formalizado el 21 de mayo de 2013 entre el Instituto Canario de Igualdad y el Cabildo Insular de El Hierro para el desarrollo del Sistema Social de Prevención y Protección Integral de las Víctimas de la Violencia de Género en la Isla de El Hierro, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016.

Segundo.- Establecer que las actuaciones previstas en el Convenio serán financiadas, durante el plazo de vigencia de esta Adenda, entre la Comunidad Autónoma de Canarias, a través del Instituto Canario de Igualdad, y el Cabildo Insular de El Hierro, por un total de 106.044,16 euros, de los cuales, 53.022,08 euros serán aportados por el Instituto Canario de Igualdad, y 53.022,08 euros por el Cabildo Insular de El Hierro.

A tal efecto, en el Instituto Canario de Igualdad figura la partida presupuestaria "4801 232B 460.00 Proyecto 234A4502 Red Canaria de Servicios y Centros para la atención a situaciones de violencia de género", dotada de 4.825.000,00 euros.

Tercero.- Mediante esta Adenda se autoriza una aportación dineraria por importe de 53.022,08 euros, a favor del Cabildo Insular, la cual se hará efectiva en cuatro libramientos, mediante resolución de la Directora del Instituto Canario de Igualdad, según se detalla a continuación:

Ver anexo en la página 4047 del documento Descargar

En todo caso, los libramientos se efectuarán a partir de la formalización de la presente Adenda.

Asimismo, el Cabildo Insular de El Hierro hará efectiva su participación en la financiación convenida con cargo a la partida presupuestaria 0200 231 22691 Sistema Integral de prevención violencia de género, dotada con 53.022,08 euros.

Cuarto.- La justificación documental del destino y los importes de las acciones que se realicen al amparo de esta Adenda, se efectuará dentro de los dos primeros meses del año 2017, conforme a los modelos y condiciones previstas en el convenio que se prorroga.

Quinto.- Que las demás cláusulas del Convenio, en tanto no queden afectadas por esta Adenda, permanecen invariables.

Y, en prueba de conformidad, y para que así conste y surta los efectos oportunos, se firma la presente Adenda al Convenio de Colaboración suscrito el día 21 de mayo de 2013, por duplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha ut supra.- Por la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, Aarón Afonso González.- Por el Cabildo Insular de El Hierro (Resolución nº 2268/15, de 30.12.15), Juan Pedro Sánchez Rodríguez.- Por el Instituto Canario de Igualdad, María Ana Franquet Navarro.

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