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BOC-A-2016-026-423.
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por la Resolución nº 517 de la Viceconsejería de Sector Primario, de 14 de diciembre de 2015, se reconoce a la entidad Agrícola Llanos de Sardina, S.C.L., como Organización de Productores de Plátanos (OPP), con un ámbito geográfico de actuación que abarca la isla de Gran Canaria, en virtud del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios; del Reglamento (CE) nº 919/94, de la Comisión, de 26 de abril de 1994, por el que se establecen disposiciones en lo que respecta a las organizaciones de productores de plátanos, modificado por el Reglamento (CE) nº 219/2005, de la Comisión, de 10 de febrero de 2005, y del Decreto del Gobierno de Canarias nº 87/2002, de 16 de julio, por el que se regula el procedimiento para el otorgamiento, control, revocación e inscripción del reconocimiento de una organización de productores de plátanos.
Segundo.- Con fecha de 30 de diciembre de 2015, tiene entrada en esta Consejería una nueva solicitud de la OPP nº 4.29, Agrícola Llanos de Sardina, S.C.L., de ampliación del ámbito geográfico de actuación a la isla de Tenerife.
Tercero.- La solicitud se realiza como consecuencia de que algunos socios productores poseen parcelas en la isla de Tenerife.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- En virtud de lo establecido en el artículo 6, apartado f), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, aprobado por el Decreto 40/2012, de 17 de mayo, modificado por el Decreto 374/2015, de 14 de diciembre, la competencia sobre la inscripción, control, asistencia y promoción de las Organizaciones de Productores corresponde a esta Viceconsejería de Agricultura y Ganadería, hoy Viceconsejería de Sector Primario.
Segundo.- Reglamento (UE) nº 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización de mercados agrícolas de los productos agrarios.
Tercero.- Reglamento (CE) nº 919/94, de la Comisión, de 26 de abril de 1994, por el que se establecen disposiciones en lo que respecta a las organizaciones de productores de plátanos, modificado por el Reglamento (CE) nº 219/2005, de la Comisión, de 10 de febrero de 2005.
Cuarto.- Real Decreto 1972/2008, de 28 de noviembre, sobre el reconocimiento de organizaciones de productores de frutas y hortalizas, modificado por el Real Decreto 970/2014, de 21 de noviembre.
Visto el Informe-Propuesta del Servicio de Asociacionismo Agrario, de 28 de enero de 2016, relativo a la modificación del ámbito geográfico de actuación de la OPP nº 4.29 Agrícola Llanos de Sardina, S.C.L.
Vistos los preceptos legales citados y demás normas de general y pertinente aplicación, y en virtud de las facultades que tengo legalmente atribuidas,
R E S U E L V O:
Modificar el resuelvo segundo de la Resolución nº 517, de la Viceconsejería de Sector Primario, de 14 de diciembre de 2015, otorgándole a la Organización de Productores de Plátanos nº 4.29, Agrícola Llanos de Sardina, S.C.L., un ámbito geográfico de actuación que abarca las islas de Gran Canaria y de Tenerife.
Contra la presente Resolución el interesado puede interponer recurso de alzada ante la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, en el plazo de un mes desde su notificación, según se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de enero de 2016.- El Viceconsejero de Sector Primario, Abel Morales Rodríguez.
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