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BOC Nº 22. Miércoles 3 de Febrero de 2016 - 351

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

351 DECRETO 8/2016, de 25 de enero, del Presidente, por el que se delegan competencias en materia de modificaciones de plantilla que afecten a puestos de trabajo de la Presidencia del Gobierno para el ejercicio 2016.

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BOC-A-2016-022-351. Firma electrónica - Descargar

La Ley 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016 atribuye a los titulares de los departamentos la competencia para realizar tanto las modificaciones de plantilla que afecten a puestos de trabajo del mismo departamento u organismo, así como las modificaciones presupuestarias que, en su caso, comportaran, sin requerir previo informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto.

Vistas las competencias que corresponden a este Departamento y a los distintos órganos del mismo, según el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno aprobado por Decreto 27/2012, de 30 de marzo (BOC nº 75, de 17.4.12).

Considerando lo dispuesto, respectivamente, en los artículos 31 y 13 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En aras de un funcionamiento más ágil y eficaz, procede delegar las competencias al inicio señaladas, para el presente ejercicio, en el titular de la Viceconsejería de la Presidencia.

D I S P O N G O:

1º.- Delegar en el Viceconsejero de la Presidencia la competencia para realizar tanto las modificaciones de plantilla que afecten a puestos de trabajo de la Presidencia del Gobierno, así como las modificaciones presupuestarias que, en su caso, comportaran, sin requerir previo informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, en los términos previstos en el artículo 51.3, letra a) de la Ley 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016.

2º.- El presente Decreto producirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y mantendrá su eficacia durante la vigencia de la Ley 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016. Todo ello sin perjuicio de las facultades de revocación y avocación que podrán ser ejercidas en cualquier momento.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de enero de 2016.

EL PRESIDENTE,

Fernando Clavijo Batlle.

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