Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 11. Martes 19 de Enero de 2016 - 114

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

114 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 23 de diciembre de 2015, del Director, por la que se procede a la corrección de errores, aceptación de renuncia parcial y aprobación de expedientes de la lista de reserva, de la Resolución de 14 de diciembre de 2015, que concede subvenciones con cargo al Programa de Orientación Profesional para el Empleo y Asistencia para el Autoempleo convocado por Resolución de 26 de octubre de 2015, de la Presidenta.

5 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 497.78 Kb.
BOC-A-2016-011-114. Firma electrónica - Descargar

Examinada la Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo de 14 de diciembre de 2015 (BOC nº 243, de 16.12.15), resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución de 14 de diciembre (BOC nº 243, de 16.12.15), del Director del Servicio Canario de Empleo, se conceden subvenciones con cargo al programa de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo convocado por Resolución de 26 de octubre de 2015, de la Presidenta (BOC nº 211, de 29.10.15).

Segundo.- Una vez publicada dicha Resolución se advierten varios errores:

1º) En el Anexo III, relación de entidades beneficiarias, en la columna de "Oficina de Empleo/Municipio de actuación" de la Entidad Asociación Domitila Hernández, con C.I.F. G38728382; donde dice: "OE La Orotava", debe decir "OE Barranco Grande".

2º) En el Anexo IV, Lista de Reserva, se observa que hay varias entidades a las que concedieron menos puestos que los solicitados y no se incluyeron en dicha lista. Los ámbitos de actuación afectados son los correspondientes a las islas de Gran Canaria y Tenerife, pasando a incluirse en el Anexo I de la presente resolución.

Tercero.- Que a la entidad, Fundación Canaria ICSE con C.I.F. G35610799, se le concede una subvención por importe de doscientos veinte mil novecientos ochenta y dos euros con ochenta y ocho céntimos (220.982,88 euros), según figura en el Anexo III "Relación de entidades beneficiarias" para actuar en los ámbitos de: OE Barranco Grande, OE Islas Canarias, OE Tomé Cano y OE La Laguna.

Ver anexo en la página 1086 del documento Descargar

Cuarto.- La entidad Fundación Canaria ICSE con C.I.F. G35610799, presenta escrito de renuncia a los ámbitos de actuación de la OE de Barranco Grande y OE La Laguna, el día 21 de diciembre de 2015 (nº de registro de entrada en este Organismo 19881).

A los citados antecedentes de hecho, les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El órgano competente para adoptar la presente Resolución es la Dirección del SCE, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del SCE (BOC nº 80, de 28.4.03), según redacción dada por el artículo único apartado uno de la Ley 3/2011, de 18 de febrero (BOC nº 44, de 2.3.11).

Segundo.- De conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC) (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99) "Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".

Tercero.- Resulta asimismo de aplicación, respecto de las renuncias presentadas, lo dispuesto en el artículo 90.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece "Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el Ordenamiento Jurídico, renunciar a sus derechos".

Igualmente, el artículo 91.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece "La Administración aceptará de plano el desistimiento o la renuncia, y declarará concluso el procedimiento salvo que, habiéndose personado en el mismo terceros interesados, instasen estos su continuación en el plazo de diez días desde que fueron notificados del desistimiento".

En base a lo expuesto, y en aplicación de la normativa legal vigente,

R E S U E L V O:

Primero.- Rectificar el error material detectado en la Resolución de 14 de diciembre de 2015, del Director del Servicio Canario de Empleo, por la que se conceden subvenciones con cargo al programa de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo convocado por Resolución de 26 de octubre de 2015, de la Presidenta (BOC nº 211, de 29.10.15), en el Anexo III "Relación de entidades beneficiarias", en la columna Oficina de Empleo/Municipio de Actuación, donde dice: "O.E. La Orotava" debe decir: "O.E. Barranco Grande".

Segundo.- Sustituir el Anexo IV, Lista de Reserva, de la Resolución nº 15/07672, de 14 de diciembre de 2015 (BOC nº 243, de 16 de diciembre de 2015), por el Anexo I de la presente Resolución.

Tercero.- Aceptar la renuncia parcial de la entidad Fundación Canaria ICSE con C.I.F. G35610799 a los ámbitos de actuación de la O.E. Barranco Grande y O.E. La Laguna; y adaptar la subvención concedida a dicha entidad considerando únicamente los ámbitos de actuación de O.E. Islas Canarias y O.E. Tomé Cano, quedando de la siguiente manera:

Ver anexo en la página 1088 del documento Descargar

Cuarto.- Ampliar la subvención concedida, hasta el máximo solicitado a la Asociación Domitila Hernández, con nº C.I.F. G38728382, y conceder nueva subvención a la Asociación Uerca con nº C.I.F. G38284063, según el Anexo II de esta Resolución, por el resto de puestos no cubiertos debido a la renuncia de la entidad Fundación Canaria ICSE, correspondiente al ámbito de la O.E. Barranco Grande y por ser las siguientes en la lista de reserva recogida en el Anexo I de la presente Resolución.

Quinto.- Mantener el resto de la Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo, 14 de diciembre, por la que se conceden subvenciones con cargo al programa de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo convocado por Resolución de 26 de octubre de 2015, de la Presidenta (BOC nº 211, de 29.10.15), vigente en todos sus términos.

Notificar esta Resolución a los interesados en el expediente, con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Vista la normativa aplicable, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 9.2.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, de creación del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 80, de 28.4.03), según redacción dada por el artículo único, apartado uno, de la Ley 3/2011, de 18 de febrero (BOC nº 44, de 2.3.11), conforme se propone, resuelvo.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de diciembre de 2015.- El Director, Alejandro Martín López.

Ver anexo en las páginas 1089-1090 del documento Descargar

© Gobierno de Canarias