Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 207. Viernes 23 de Octubre de 2015 - 4711

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

4711 Secretaría General Técnica.- Resolución de 15 de octubre de 2015, por la que se ordena la publicación del Protocolo de Adhesión de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias al Convenio de Colaboración entre la Asociación Española de Banca, la Confederación Española de Cajas de Ahorros, la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito y la Entidad Pública Empresarial Red.es para la prestación del servicio de pago telemático en la Administración Pública.

4 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 198.03 Kb.
BOC-A-2015-207-4711. Firma electrónica - Descargar

Con fecha 6 de octubre de 2015 se suscribió el Protocolo de Adhesión de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias al Convenio de Colaboración entre la Asociación Española de Banca, la Confederación Española de Cajas de Ahorros, la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito y la Entidad Pública Empresarial Red.es para la prestación del servicio de pago telemático en la Administración Pública.

Considerando lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, así como en el artículo 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación de la mencionada Adhesión que figura como anexo a la presente Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de octubre de 2015.- La Secretaria General Técnica, Berta Pérez Hernández.

A N E X O

PROTOCOLO DE ADHESIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE BANCA, LA CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CAJAS DE AHORROS, LA UNIÓN NACIONAL DE COOPERATIVAS DE CRÉDITO Y LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PAGO TELEMÁTICO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

Aarón Afonso González, Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad de la Comunidad Autónoma de Canarias (nombrado por Decreto 105/2015, de 9 de julio del Presidente -BOC nº 133, de 10.7.15-), en representación dicha Comunidad Autónoma y en el ejercicio de las competencias que le confieren los artículos 16.1 y 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, suscribe:

La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad (en adelante, la "Administración Pública"), en virtud de las competencias del artículo 1. 8), apartado h) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por el Decreto 331/2011, de 22 de diciembre, y en el ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, acuerda la adhesión al Convenio de colaboración firmado el 15 de julio de 2008 entre la Asociación Española de Banca, la Confederación Española de Cajas de Ahorros, la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito y la Entidad Pública Empresarial Red.es para la prestación del Servicio de Pago Telemático en la Administración Pública, siendo de aplicación el Anexo II-3 (Modo web service con validación de firma por el organismo) de dicho Convenio.

Por el presente Protocolo de Adhesión, la Administración Pública acepta todas las condiciones y términos del Convenio de colaboración entre la Confederación Española de Cajas de Ahorros, la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito y la Entidad Pública Empresarial Red.es para la prestación del Servicio de Pago Telemático en la Administración Pública y en particular, el abono de la tarifa correspondiente de acuerdo con las condiciones establecidas en el Anexo VII.

El Convenio se prorrogará automáticamente por el mismo período de tiempo, salvo denuncia escrita del Convenio por una de las partes firmantes con tres meses de antelación a la fecha de finalización del Convenio. En caso de prórroga del Convenio, se entenderá asimismo prorrogada la adhesión de la Administración Pública, salvo que renuncie expresamente a la prórroga del Convenio mediante notificación por escrito con al menos tres meses de antelación a la fecha de finalización del Convenio.

Asimismo en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Administración Pública reconoce haber sido informada de que sus datos de carácter personal recabados con motivo de la presente Adhesión al Convenio de colaboración para la difusión e implantación del Servicio de Pago Telemático en la Administración Pública, serán incluidos en un fichero de datos de carácter personal, titularidad de la Entidad Pública Empresarial Red.es, cuya finalidad es gestionar la relación entre la Administración Pública adherida y Red.es para la prestación del Servicio de Pago telemático.

En el caso de que en el presente Acuerdo de adhesión se incluyan datos de carácter personal de otras personas integrantes de la Administración Pública, será responsabilidad de dicha Administración el informar a las mismas del tratamiento de sus datos personales y de su inclusión en el citado fichero en los términos recogidos en esta cláusula, exonerando de toda responsabilidad a Red.es.

Asimismo y para el caso de que para la prestación del Servicio sea necesario que Red.es acceda a datos de otras personas (bien personas integrantes de la Administración Pública, bien personas integrantes de otras organizaciones) la Administración Pública deberá informar a todas ellas del tratamiento de sus datos personales en los términos recogidos en la presente cláusula.

Respecto de los datos de carácter personal utilizados en el Servicio de Pago Telemático y de los que es titular la Administración Pública:

La Administración Pública cumplirá con el deber de información previsto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, con carácter previo al tratamiento de los datos.

La Administración Pública autoriza expresamente a Red.es a subcontratar a las entidades: Telvent Housing S.A., T-Systems ITC Services España, S.A.U, los servicios de housing y de atención a usuarios del Servicio de Pago Telemático respectivamente.

Asimismo, la Administración Pública autoriza expresamente a subcontratar en el futuro idénticos o distintos servicios que impliquen el tratamiento de datos de carácter personal en los mismos términos que los previstos anteriormente.

No obstante lo anterior, la Administración Pública podrá revocar la autorización otorgada en el plazo de 5 días desde la recepción de la notificación de la nueva contratación.- En Santa Cruz de Tenerife, a 6 de octubre de 2015.- El Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, Aarón Afonso González.

A N E X O

Datos para la facturación:

De acuerdo a lo establecido en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre (BOE nº 311, de 28 de diciembre), el Decreto 2/2014, de 23 de enero (BOC nº 27, de 10 de febrero de 2014), y la Orden de 22 de diciembre de 2014 (BOC nº 2, de 5 de enero de 2015), los expedidores de facturas deberán enviar la misma a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (PeFAC),

Deberá constar como Unidad Administrativa: Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías:

- Oficina Contable: Código: A05003248.

- Órgano Gestor: A05003248.

- Unidad Tramitadora: A05003248.

https://sede.gobiernodecanarias.org/economiahaciendayseguridad/pefac/.

Organismo: Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías.

C.I.F.:S-3511001-D.

© Gobierno de Canarias