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BOC Nº 201. Jueves 15 de Octubre de 2015 - 4546

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación y Universidades

4546 Secretaría General Técnica.- Resolución de 4 de octubre de 2015, por la que se ordena la publicación de la Adenda al Protocolo General de Colaboración entre la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias y el Cabildo Insular de Tenerife para el desarrollo de acciones conjuntas en los centros docentes públicos no universitarios de la isla de Tenerife para el curso 2015-2016.

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BOC-A-2015-201-4546. Firma electrónica - Descargar

El artículo 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias en su redacción actual tras la modificación operada por el Decreto 89/2015, de 22 de mayo (BOC nº 103, de 1 de junio de 2015), establece que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En el plazo indicado en el apartado anterior, deberán publicar también en el Boletín Oficial de Canarias, los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del convenio.

En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del Convenio entre la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias y el Cabildo Insular de Tenerife para el desarrollo de acciones conjuntas en los centros docentes públicos no universitarios de la isla de Tenerife para el curso 2015-2016, cuyo texto se acompaña como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de octubre de 2015.- La Secretaria General Técnica, Ángeles Bogas Gálvez.

A N E X O

ADENDA AL PROTOCOLO GENERAL DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES DEL GOBIERNO DE CANARIAS Y EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE TENERIFE PARA EL DESARROLLO DE ACCIONES CONJUNTAS EN LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS NO UNIVERSITARIOS DE LA ISLA DE TENERIFE PARA EL CURSO 2015-2016.

En Santa Cruz de Tenerife, a 18 de septiembre de 2015.

REUNIDOS

De una parte, Dña. Soledad Monzón Cabrera, Consejera de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias, según nombramiento realizado por Decreto 105/2015, de 9 de julio, del Presidente (BOC nº 133, de 10.7.15), en nombre y representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud de las facultades conferidas en el artículo 29, apartado 1, letra k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1 de agosto), y en el artículo 5, apartado 1, letra a) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (en la actualidad, Consejería de Educación y Universidades), aprobado por el Decreto 113/2006, de 26 de julio.

De otra parte, D. Carlos Alonso Rodríguez, Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, desde el día 16 de septiembre de 2013, fecha en que tomó posesión del cargo ante el Pleno de la Corporación, según certificado emitido por D. José Antonio Duque Díaz, Secretario General del Pleno del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, actuando en nombre y representación del mismo, en virtud de las atribuciones que le vienen conferidas por el artº. 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y por el artº. 6.1.m) del Reglamento Orgánico de la Corporación Insular.

EXPONEN

1.- Con fecha 27 de febrero de 2015, fue firmado un Protocolo General de Colaboración entre la extinta Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias (ahora Consejería de Educación y Universidades) y el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife para el desarrollo de acciones conjuntas en los centros docentes públicos no universitarios de la isla.

2.- El objeto del citado protocolo es establecer el marco general de colaboración entre ambas administraciones para la planificación, establecimiento, desarrollo y ejecución de actividades extraescolares, y cualesquiera otras actuaciones que tuvieran finalidad educativa o consecuencias en la educación de los/as niños/as y jóvenes en centros docentes públicos por el Cabildo Insular de Tenerife, estableciendo las condiciones básicas para su desarrollo.

3.- En la cláusula primera del protocolo se determina que las actividades a realizar por el Cabildo de Tenerife en los centros educativos se concretarán para cada curso escolar en una adenda que deberá suscribirse por las partes.

Por todo lo expuesto, las partes intervinientes, en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, se reconocen recíprocamente capacidad y legitimación para firmar la presente Adenda al Protocolo General citado, formalizándola sobre la base de las siguientes

CONDICIONES

Primera.- Incorporar al Protocolo General de Colaboración suscrito el 27 de febrero de 2015 la presente Adenda, correspondiente al curso 2015-2016 que se regirá por las condiciones estipuladas en el mismo.

Segunda.- Las actividades que durante el curso escolar 2015-2016 se desarrollarán por el Cabildo de Tenerife en los centros educativos de la isla serán las siguientes:

Ver anexo en las páginas 27334-27346 del documento Descargar

DURACIÓN.- La presente Adenda surtirá efectos desde la fecha de suscripción hasta el 31 de julio de 2016.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por triplicado ejemplar y a un solo efecto y tenor, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.- La Consejera de Educación y Universidades, Soledad Monzón Cabrera.- El Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, Carlos Alonso Rodríguez.

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