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BOC Nº 62. Martes 31 de Marzo de 2015 - 1441

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial

1441 ORDEN de 19 de marzo de 2015, por la que se concede subvención pública estatal en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Garajonay a favor del Ayuntamiento de Hermigua, en virtud de la ejecución de Sentencia de 30 de enero de 2012, de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede de Santa Cruz de Tenerife (recurso nº 166/2010).

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ANTECEDENTES

Primero.- Con fecha 30 de diciembre de 2009 y mediante Orden Departamental, por el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial se otorgaron subvenciones públicas estatales en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales de Canarias.

Segundo.- Contra dicha Orden, por el Ayuntamiento de Hermigua se interpuso recurso contencioso-administrativo nº 166/2010, resuelto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias mediante sentencia de 30 de enero de 2012, en el sentido de anular parcialmente la citada Orden y ordenar la retroacción de actuaciones al momento anterior a la sesión de la comisión de valoración.

Tercero.- Por Orden nº 57 del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial de 14 de febrero de 2014, se procede a ejecutar la sentencia de 30 de enero de 2012, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, ordenando retrotraer las actuaciones al momento anterior a la reunión de la Comisión de valoración regulada en la base séptima de las Bases Generales aprobadas mediante Orden de 17 de noviembre de 2009, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial (BOC nº 232, de 26 de noviembre de 2009), admitiendo a trámite la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Hermigua con fecha 11 de diciembre de 2009. Igualmente ordena que, en el plazo máximo de cinco días a partir de la comunicación de la presente Orden, se proceda a convocar la citada Comisión de Valoración.

Cuarto.- Con fecha 21 de febrero de 2014 se celebra sesión por la Comisión de Valoración prevista en la base séptima de las que rigen la convocatoria.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, por el que se regulan las subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales, regula con carácter básico el objeto de las subvenciones, los posibles beneficiarios, las iniciativas susceptibles de recibir tales ayudas o los criterios de valoración mínimos que deben de tenerse en cuenta para su concesión, y se reconoce expresamente que la tramitación y resolución de los correspondientes procedimientos corresponde a las Comunidades Autónomas.

Segunda.- El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante el cual la concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación sobre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria, y adjudicar, con el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.

Tercera.- Conforme a la base sexta de las que rigen la convocatoria, las solicitudes, instruidas por la Dirección General de Ordenación del Territorio y valoradas por la Comisión de Valoración, serán resueltas por el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial (ahora Consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial).

Cuarta.- Se ha seguido el mismo procedimiento previsto en la Orden de 17 de noviembre de 2009, en cuya base octava se indicaban los criterios de valoración y baremo aplicable.

Quinta.- El abono de la subvención se realizará conforme a lo dispuesto en la base duodécima y decimoctava de las que rigen la convocatoria.

Estudiada por la Comisión de Valoración formada a tal efecto, reunida con fecha 21 de febrero de 2014, la solicitud formulada en su día por el Ayuntamiento de Hermigua, y teniendo en cuenta los criterios fijados en la Comisión del año 2009,

R E S U E L V O:

Primero.- Otorgar la subvención para el proyecto previsto al Ayuntamiento de Hermigua, en los siguientes términos:

Ver anexo en la página 6763 del documento Descargar

Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias y dar traslado de la misma al Ayuntamiento de Hermigua.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de marzo de 2015.

EL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS,

TRANSPORTES Y POLÍTICA TERRITORIAL,

Domingo Berriel Martínez.

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