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BOC Nº 44. Jueves 5 de Marzo de 2015 - 957

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

957 ORDEN de 3 de marzo de 2015, por la que se convoca, por el procedimiento de libre nombramiento, la designación del Titular del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, adscrito a la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad.

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BOC-A-2015-044-957. Firma electrónica - Descargar

Examinado el expediente instruido por la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Mediante Ley 34/2010, de 5 de agosto, se modificó la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.

Como consecuencia de la citada modificación, el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, regula el recurso especial en materia de contratación, mientras que su artículo 41 dispone en su apartado 1 que en el ámbito de la Administración General del Estado, el conocimiento y resolución del recurso especial en materia de contratación estará encomendado a un órgano especializado que actuará con plena independencia funcional en el ejercicio de sus competencias y en el apartado 3 se dispone que en el ámbito de las Comunidades Autónomas la competencia para resolver los recursos será establecida por sus normas respectivas, debiendo crear un órgano independiente.

De acuerdo con ello mediante Decreto 10/2015, de 12 de febrero, se crea el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias y se adscribe orgánicamente al Departamento competente en materia de contratación.

El artículo 4 del citado Decreto establece que dicho Tribunal estará integrado por un titular y que su designación se realizará por el referido Departamento, previa conformidad del Gobierno, mediante convocatoria pública y por el procedimiento de libre nombramiento entre aquellos funcionarios de carrera que reúnan una serie de requisitos. Se dispone, asimismo, que el nombramiento se realizará por un periodo de cinco años.

2º) El Decreto 12/2004, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda, establece en su artículo 8 las competencias en materia de contratación atribuidas a dicho Departamento.

3º) La Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, mediante escrito de fecha 2 de marzo de 2015, formuló propuesta para la provisión, por un procedimiento de libre nombramiento, del Titular del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Visto el informe-propuesta de la Dirección General de la Función Pública.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

En uso de la competencia que me atribuye el artículo 29.1.l) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por Decreto 331/2011, de 22 de diciembre, el Decreto 86/2011, de 8 de julio, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías y el Decreto 170/2011, de 12 de julio, que determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias,

R E S U E L V O:

Anunciar convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de libre nombramiento del Titular del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, que se efectuará de acuerdo con las bases que se insertan a continuación:

Primera.- Podrán participar los funcionarios de carrera que reúnan los siguientes requisitos:

- Ser funcionario de carrera perteneciente al Grupo A, Subgrupo A1, o equivalentes, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

- Estar en posesión de la Licenciatura o Grado en Derecho.

- Haber desempeñado su actividad profesional por tiempo superior a cinco años.

- Ostentar cualificaciones jurídicas y profesionales que garanticen un adecuado conocimiento en materia de contratación administrativa y, en especial, de la normativa contractual comunitaria.

- Tener la nacionalidad española.

Segunda.- Las solicitudes para participar en el procedimiento de provisión se dirigirán a esta Consejería y habrán de presentarse dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, en las oficinas de la Dirección General de la Función Pública sita en la Avenida Buenos Aires, nº 5-A, Edificio Tres de Mayo, planta baja, Santa Cruz de Tenerife.

Asimismo, podrán presentarse en la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad sita en calle Tomás Miller, nº 38, Las Palmas de Gran Canaria, o en las oficinas que previene el Decreto 164/1994, de 29 de julio. En ambos casos las solicitudes y documentación presentadas se remitirán a la Dirección General de la Función Pública en los cinco días siguientes al de su recepción.

Podrán también presentarse las solicitudes en la forma prevista en el artº. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercera.- Los aspirantes harán constar en la solicitud su currículum vitae en el que figuren, debidamente acreditados, el Cuerpo o Escala a que pertenecen, el Grupo en que el mismo se hallase clasificado, titulación académica, así como los demás requisitos señalados en la base primera. También podrán hacerse constar cuantos méritos estimen oportuno poner de manifiesto en relación con las funciones atribuidas al Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, acompañando documentación fehaciente acreditativa de las circunstancias y méritos.

Cuarta.- La Dirección General de la Función Pública, transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, examinará todas las presentadas y evacuará informe relativo al cumplimiento por los interesados de los requisitos exigidos para el desempeño del puesto, que remitirá a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad junto con las instancias y documentación presentadas.

Quinta.- La presente convocatoria se resolverá por Orden del Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad, previa conformidad del Gobierno, y se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, pudiendo acordarse, con anterioridad a la selección, la celebración de una entrevista con los candidatos.

Sexta.- Se declarará por el Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad desierta la convocatoria cuando no concurra ningún funcionario o cuando quienes concurran no reúnan los requisitos establecidos en la misma.

Séptima.- Hasta tanto no se cree en la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo el puesto de Titular del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, el funcionario que, en su caso, sea nombrado para desempeñar las funciones atribuidas al mismo, seguirá adscrito orgánicamente al puesto de trabajo al que ocupe en el momento de su nombramiento, conforme establece la Disposición transitoria tercera del Decreto 10/2015, de 12 de febrero, por el que se crea el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife. Asimismo, a criterio de los interesados, podrán interponer en vía administrativa, el recurso potestativo de reposición, ante esta Consejería, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a la publicación de esta Orden, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de marzo de 2015.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,

JUSTICIA E IGUALDAD,

Francisco Hernández Spínola.

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