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BOC-A-2014-234-5295.
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D./Dña. Sara Rubira Varela, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
En Santa Cruz de Tenerife, a 11 de julio de 2014, Dña. Ana Delia Hernández Sarmiento, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Tres, de los de esta ciudad y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos con el número 387/2013, entre partes, siendo parte demandante la entidad FCE Bank PLC Sucursal en España, representada por la Procuradora Dña. Montserrat Padrón García y defendida por el Letrado D. Carlos Navarro Valido, y figurando como demandados D. Francisco Ruiz Enríquez, en situación procesal de rebeldía, así como Dña. Amalia Chico Sanginés, representada por la Procuradora Dña. Carmen Orive Rodríguez y defendida por el Letrado D. Paulo Daniel Ramos Dos Santos Medina, versando los autos sobre reclamación de cantidad
FALLO
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por la Procuradora Dña. Cristina Togores Guigou en nombre y representación de FCE Bank PLC Sucursal en España, condenando en consecuencia a D. Francisco Ruiz Enríquez y Dña. Amalia Chico Sanginés a pagar a la actora, conjunta y solidariamente, la cantidad de ocho mil ochocientos dos euros con veinte céntimos (8.802,20) más los intereses devengados desde la fecha de la interposición de la demanda. En cuanto a la demandada Dña. Amalia Chico Sanginés, no se efectúa especial imposición de costas; las causadas respecto del demandado D. Francisco Ruiz Enríquez serán satisfecha por este.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Francisco Ruiz Enríquez, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 11 de septiembre de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.
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