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BOC Nº 103. Jueves 29 de Mayo de 2014 - 2344

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

2344 Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.- Resolución de 13 de mayo de 2014, del Director, por la que se convocan subvenciones para la participación en la Red CIDE, cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2007-2013 para el año 2014.

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BOC-A-2014-103-2344. Firma electrónica - Descargar

Examinado el expediente tramitado a iniciativa de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información para la concesión de ayudas para la participación en la Red Canaria de Centros de Innovación y Desarrollo Empresarial (en adelante Red CIDE), cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2007-2013.

En el ejercicio de las facultades atribuidas por el Decreto 183/2011, de 15 de septiembre, del Presidente, por el que se delegan competencias en el Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información (BOC nº 193, de 29.9.11), y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- Mediante Resolución de 29 de octubre de 2012, del Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información se aprobaron con vigencia indefinida las bases reguladoras para la participación en la Red CIDE, cofinanciadas en el marco del programa operativo FEDER Canarias 2007-2013.

Segundo.- En la base segunda, contenida en el Anexo de dicha Resolución se regula el procedimiento de convocatoria de ayudas para la participación en la Red CIDE, que se hará por Resolución del Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, y se publicará en el Boletín Oficial de Canarias indicando los créditos presupuestarios a los que se imputa y el plazo de presentación de solicitudes, así como la fecha en que las bases hayan sido publicadas.

Tercero.- Por Resolución nº 28, de 5 de febrero de 2014, del Director de la Agencia de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2014, conforme a lo previsto en el artº. 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuarto.- Con fecha 24 de marzo de 2014, la Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea emite informe favorable a la propuesta de Resolución, al ser compatible con la normativa comunitaria.

Quinto.- Con fecha 2 de mayo de 2014, la Intervención General emite informe favorable a la propuesta de Resolución.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, de régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma.

Segunda.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18 noviembre) regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las Administraciones Públicas.

Tercera.- A la presente convocatoria resultará de aplicación el Reglamento (UE) nº 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, de relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre de 2013).

Cuarta.- Mediante la Resolución de 29 de octubre de 2012, del Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, se aprobaron con vigencia indefinida las bases reguladoras para la participación en la Red CIDE, cofinanciadas por el programa operativo FEDER Canarias 2007-2013 (BOC nº 227, de 20 de noviembre de 2012).

Quinta.- La base séptima establece que el coste máximo subvencionable se fijará en cada convocatoria.

Sexta.- De acuerdo con lo previsto en la base octava, a la vista de que la presente convocatoria será la primera que se convoque en el marco de las precitadas bases, de manera excepcional, el plazo para realizar la actividad y para considerar los gastos subvencionables se podrá computar desde el 1 de junio de 2012 hasta el 31 de octubre de 2014.

Por todo ello, y en virtud de las competencias que se me delegan en el Decreto 183/2011, de 15 de septiembre, del Presidente, por el que se delegan competencias en el Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información (BOC nº 193, de 29 de septiembre de 2011),

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar para el año 2014 subvenciones destinadas a la participación en la Red Canaria de Centros de Innovación y Desarrollo Empresarial (Red CIDE), cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2007-2013, en el marco de las bases reguladoras aprobadas por Resolución de 29 de octubre de 2012, del Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.

Segundo.- El importe total de dotación económica con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2014, será de seiscientos diez mil (610.000,00) euros con cargo a la aplicación presupuestaria 06.20.467B.480.00 LA 06424902 "Centros de innovación y desarrollo empresarial", cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), Eje 1 Tema Prioritario 05, con una tasa de cofinanciación del 85% en el marco del Programa Operativo FEDER de Canarias 2007-2013.

El importe total de la dotación económica indicada, podrá incrementarse a la vista de los expedientes presentados, siempre y cuando exista cobertura económica para llevarla a cabo, y sea publicado con anterioridad a la resolución de la convocatoria.

Tercero.- Las actuaciones subvencionables serán las recogidas en la base quinta de las aprobadas por Resolución de 29 de octubre de 2012 del Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.

Cuarto.- Se concederán subvenciones para las siguientes plazas:

* CIDE Tipo 1: 1 CIDE en Gran Canaria y 1 CIDE en Tenerife.

* CIDE Tipo 2: 1 CIDE en Lanzarote, 1 CIDE en Fuerteventura, 1 CIDE en La Palma, 1 CIDE en La Gomera y 1 CIDE en El Hierro.

* CIDE Tipo 3: 2 CIDE en Gran Canaria, 2 CIDE en Tenerife.

* CIDE Tipo 4: 1 CIDE en Gran Canaria y 1 CIDE en Tenerife.

* CIDE Tipo 5.1: 1 CIDE en Gran Canaria y 1 CIDE en Tenerife.

* CIDE Tipo 5.2: 2 CIDE en islas no capitalinas.

* CIDE Tipo 5.3: 1 CIDE en isla no capitalina.

Quinto.- Para la convocatoria de 2014, se fija como coste máximo subvencionable de referencia 3.500 euros/mes.

Sexto.- La subvención concedida no será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedente de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados financiadas con el mismo fondo estructural en el marco de otros programas operativos, en virtud de lo dispuesto en el artº. 56 del Reglamento (CE) nº 1083/2006, del Consejo de 11 de julio de 2006, por el que se establece las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión.

Séptimo.- El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

El plazo de presentación de las solicitudes expira a las 14.00 horas.

La presentación de solicitudes se realizará de acuerdo con lo previsto en la base novena, a través del Registro Electrónico de la ACIISI, en su sede electrónica.

Octavo.- El plazo máximo para resolver será de seis meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con lo previsto en la base decimoquinta.

Noveno.- La notificación de la resolución se llevará a cabo mediante su publicación en la sede electrónica de la ACIISI, de acuerdo con lo previsto en la base decimoquinta.

Décimo.- La presente Resolución producirá sus efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Las Palmas de Gran Canaria, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación; significando que en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o hasta que se produzca la desestimación presunta del mismo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 13 de mayo de 2014.- El Director, Juan Ruiz Alzola.

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