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BOC-A-2014-073-1583.
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No habiéndose podido practicar la notificación a D. José Manuel Dorta Álvarez de la Resolución del Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, nº 379, de fecha 12 de marzo de 2014, en los términos fijados en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de conformidad con el apartado quinto del citado artículo,
R E S U E L V O:
Notificar a D. José Manuel Dorta Álvarez la Resolución del Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, nº 379, de fecha 12 de marzo de 2014, recaída en el expediente seguido en esta Agencia por infracción del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, con referencia IU-858/1999 (1999000122), que dice textualmente:
"R E S U E L V O:
Primero.- Ordenar el restablecimiento del orden jurídico perturbado, a D. José Manuel Dorta Álvarez, por la realización en suelo clasificado y categorizado como Suelo Rústico de Protección Agraria Grado 1 (SRPAG-I), las obras de construcción de edificación de 115 m2, adosada a estanque y edificación de 50 m2, adosada a la pared lateral del estanque, en el lugar conocido como "Camino del Portugués" en el término municipal de Arafo.
A tal efecto, se requiere a la citada entidad, para que el plazo de un mes presente, ante la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, el correspondiente proyecto de demolición, como primer trámite de la ejecución voluntaria de lo ordenado. Asimismo se advierte que, en todo caso, transcurrido el plazo de cumplimiento voluntario sin que se cumplimentase el antedicho requerimiento, esta Administración ejecutará subsidiariamente la orden de reposición, con cargo al infractor, conforme a lo dispuesto en los artículos 95 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Segundo.- Notificar la presente resolución al interesado.
Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente, recurso de reposición ante el Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente en Derecho o, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que por turno corresponda en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa".
Remitir la presente Resolución para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y al Ayuntamiento que figura como último domicilio conocido, para su inserción en el tablón de edictos.
Santa Cruz de Tenerife, a 31 de marzo de 2014.- El Director Ejecutivo, Emiliano Coello Cabrera.
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