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BOC-A-2013-231-5874.
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Dentro del programa de actividades que desarrolla anualmente la Dirección General de Deportes se encuentra la celebración de los Campeonatos de Canarias, que permiten, además de la consecución de resultados deportivos que proclamen los campeones de Canarias en las distintas modalidades deportivas convocadas, la oportunidad de una convivencia de deportistas de todas las islas que favorezca su formación integral, superando así el tradicional alejamiento de alguna de ellas respecto a actividades de estas características.
Esta planificación y reglamentación ha de tener muy en cuenta la participación de los Cabildos Insulares y los Ayuntamientos Canarios, tanto en las fases previas de los juegos como durante la celebración de la fase autonómica. De igual forma, es imprescindible la colaboración en su organización y desarrollo de las Federaciones Deportivas Canarias correspondientes, tal y como se establece en el artículo 43, apartado h) de la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canaria del Deporte (BOC nº 92, de 18.7.97).
Segundo.- Desde el Servicio de Deportes se ha elaborado un proyecto detallado de las actuaciones que se van a acometer en la celebración de los Campeonatos de Canarias para 2014, en el que se incluyen los objetivos generales del programa para este año, entre los que destacan:
1. Incentivar la participación de las actividades de deporte escolar organizadas por la Dirección General de Deportes, en estrecha colaboración institucional con los Cabildos Insulares y Ayuntamientos.
2. Revalorizar este tipo de manifestaciones deportivas, incrementando su difusión en medios de comunicación, mediante un plan de comunicación coordinado.
3. Remodelar la estructura organizativa de los Campeonatos de Canarias, potenciando su carácter profesional y transparente.
4. Trabajar la educación en valores a través del programa de Juego Limpio.
5. Formar a los técnicos de Canarias que asistan a estos Campeonatos, así como a todos aquellos que quieran asistir a las charlas que se organicen desde la Dirección General de Deportes durante los días de los Campeonatos, incluyendo técnicos de otras modalidades no convocadas.
6. Aprovechar la concentración de modalidades para la realización de actividades paralelas formativas para deportistas y técnicos, promoviendo la colaboración institucional.
7. Alcanzar un consenso con los agentes implicados para establecer un marco definitivo de los Campeonatos de Canarias, evitando la incertidumbre actual.
8. Hacer de los Campeonatos de Canarias la mayor manifestación deportiva de Canarias del deporte en edad escolar.
Tercero.- Conscientes de la necesidad de trasladar el desarrollo de las actividades principales a sedes distintas a las de Tenerife y Gran Canaria con capacidad para albergar a todas las modalidades deportivas convocadas, este año por primera vez se celebrarán estos Campeonatos en una isla no capitalina, como es Lanzarote.
Cuarto.- Finalmente se ha estimado conveniente convocar la presente edición de los Campeonatos de Canarias mediante tramitación anticipada, con el fin de dar a conocer sus características básicas con la mayor antelación posible a todas las Administraciones y entidades deportivas implicadas, así como para posibilitar una gestión de los expedientes administrativos derivados de la misma, con una mayor previsión y antelación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1, letras e) e i), de la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canaria del Deporte (BOC nº 92, de 18.7.97), corresponde a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, la organización y promoción de actividades deportivas cuyo interés exceda del ámbito insular y la planificación y reglamentación del deporte en edad escolar, actividad deportiva realizada por escolares durante el período de tiempo no lectivo.
Segundo.- En el Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2014, existe en los créditos correspondientes a la Dirección General de Deportes, la aplicación presupuestaria 23.12.336A.64021, Proyecto de Inversión 05618A46 denominada "Actividades de deporte escolar" con una dotación global de 400.000 euros, destinada a dar cobertura económica, entre otros, a la presente actividad.
En su virtud, en el uso de las competencias establecidas en la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canaria del Deporte (BOC nº 92, de 18.7.97) y del Decreto 64/2013, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda (BOC nº 115, de 18.6.13), que en su artículo 12.4 atribuye a esta Dirección General la competencia en la planificación, reglamentación y coordinación de la programación de las competiciones deportivas en edad escolar, sin perjuicio de las competencias de los restantes órganos del Departamento,
R E S U E L V O:
Primero.- Convocar las competiciones deportivas en edad escolar en el ámbito autonómico para el curso escolar 2013/14 en las modalidades y categorías siguientes:
* Categoría Infantil: ajedrez, bádminton, bola canaria, fútbol sala, judo, lucha canaria, orientación y tenis de mesa.
* Categoría Cadete: ajedrez, atletismo, bádminton, campo a través, judo, orientación, tenis de mesa, triatlón y voley playa.
* Categoría Juvenil: campo a través.
Segundo.- Convocar las competiciones deportivas en edad escolar de competiciones de clubes en el ámbito autonómico, para el curso escolar 2013/14 en las modalidades y categorías siguientes:
* Categoría Infantil: voleibol.
* Categoría Cadete: baloncesto y balonmano.
Tercero.- Los Cabildos Insulares interesados en participar en las competiciones programadas, deberán presentar su solicitud a la Dirección General de Deportes a través de un formulario que publicará esta Dirección General en su página web (www.deportecanario.com). Dicho formulario debe ser remitido con sello y firma del Consejero/a Insular de Deportes del Cabildo correspondiente, en un plazo máximo de 20 días a contar a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Cuarto.- Podrán participar en las competiciones correspondientes a los "XXXII Campeonatos de Canarias", todos aquellos deportistas y equipos que cumplan con los requisitos establecidos en las normas generales de organización y desarrollo, una vez estas sean elaboradas y aprobadas, por la Dirección General de Deportes con la participación de las Federaciones respectivas.
Quinto.- La normativa aplicable en la fase autonómica de los "XXXII Campeonatos de Canarias" vendrá establecida por:
1º.- La presente Resolución y sus normas generales de organización y desarrollo, que se publicarán en la página web de la Dirección General de Deportes, más arriba mencionada.
2º.- Las normas técnicas específicas de cada modalidad deportiva en los correspondientes Campeonatos de España infantil, cadete y juvenil que fuesen convocados por el Consejo Superior de Deportes, en los artículos que le sean de aplicación y publicadas en su página web (www.csd.gob.es).
3º.- Las normas técnicas de los XXXII Campeonatos de Canarias específicas de cada modalidad deportiva, que serán aprobadas por esta Dirección General de Deportes, y publicadas en su página web.
Sexto.- En el ámbito de la disciplina deportiva, serán aplicables las normas de disciplina deportiva específicas de cada modalidad deportiva, excepto en lo relativo al procedimiento disciplinario, que será el previsto en las normas generales de organización y desarrollo.
Séptimo.- En cada Campeonato convocado existirá un Comité de Organización nombrado por el Director General de Deportes y en el que se integrarán los responsables nombrados por las respectivas Federaciones Deportivas Canarias. Se delega en el mismo la interpretación y aplicación de la presente Resolución, las normas generales de organización y desarrollo, las normas técnicas y demás normativa aplicable.
Octavo.- Por el Director General de Deportes se conocerán y resolverán las quejas y reclamaciones que pudieran suscitarse por la celebración de los Campeonatos, así como el conocimiento y resolución de los recursos que, en materia no disciplinaria, se interpongan ante la Dirección General de Deportes con ocasión de los "XXXII Campeonatos de Canarias".
Noveno.- Ordenar el inicio de los expedientes administrativos encaminados a la efectiva consecución de la organización y celebración de los "XXXII Campeonatos de Canarias" conforme a los dispositivos primero y segundo, quedando condicionada la adjudicación de los contratos que pudieran dimanar de esta actividad a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio económico de 2014, para hacer frente a los gastos que del mismo se deriven.
Décimo.- Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de noviembre de 2013.- El Director General de Deportes, Ramón Miranda Adán.
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