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BOC-A-2013-042-928.
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Providencia de fecha 13 de febrero de 2013 del Sr. Consejero Delegado del Área de Medio Ambiente, Residuos y Reciclaje del Excmo. Cabildo Insular de El Hierro, en virtud de la delegación efectuada por la Presidencia a través de Resolución nº 2105/12, recaída en el expediente sancionador en materia de medio ambiente que se relaciona, sobre notificación de Resolución en materia de infracciones administrativas.
Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59, apartado 4º, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (L.R.J.A.P. y P.A.C.), sobre notificación a interesado intentada y no practicada,
D I S P O N G O:
Notificar al denunciado que se cita, los cargos especificados en el expediente que le ha sido instruido por este Cabildo Insular por infracción administrativa en materia de medio ambiente.
El importe de la multa deberá realizarlo en la cuenta corriente restringida de recaudación de que es titular el Cabildo Insular de El Hierro, en Caja Canarias número: 2065 0061 942904000032, haciendo constar en el documento de ingreso: número de expediente sancionador de medio ambiente 01/2012 y presentando copia justificativa del ingreso en el Servicio de Turismo, Transportes y Comunicaciones. Para ello dispondrá de un plazo, en el supuesto de recibir la notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, ambos inclusive, hasta el día 5 del mes siguiente. En caso de recibirla entre los días 16 y último de cada mes, ambos inclusive, dispondrá hasta el 20 del mes siguiente, o el inmediato hábil posterior. Si vencidos los plazos de ingreso no se hubiere satisfecho la deuda, se procederá a su cobro por la vía administrativa de apremio con el recargo correspondiente al 20% del débito.
Contra la resolución recaída, que es un acto administrativo que pone fin a la vía administrativa, tal como establece el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según redacción de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Que la expresada resolución puede ser recurrida potestativamente en reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de El Hierro, en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de que puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, 8.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre.
Interpuesto recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, transcurrido un mes sin que se notifique su resolución.
DENUNCIADO: D. Domingo Tomás Sánchez Sánchez.
Nº EXPEDIENTE: 01/2012.
HECHO INFRACTOR: quema de rastrojos, sin la preceptiva autorización.
FECHA INFRACCIÓN: 18 de septiembre de 2011, sobre las 21:00 horas.
LUGAR INFRACCIÓN: Pozo de Las Calcosas, Término Municipal de Valverde.
CALIFICACIÓN: grave, artículo 137.b) del Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre incendios forestales.
SANCIÓN: cien (100,00) euros.
Valverde, a 13 de febrero de 2013.- El Consejero (delegación por Resolución nº 2105/12), Micheel Ángel Acosta Hernández.
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