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BOC-A-2012-250-6423.
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Habiendo sido intentada la notificación de la Orden nº 1.006 de 21 de agosto de 2012, del Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad, por la que se desestima una subvención directa a Fanny Luisana Tula Reboso, Complejo Rural La Brujita, S.L.U., C.B. El Sistema, Andrea Di Grazia-Rest. La Maceta- y C.B. Carlos y Fanny con destino a mitigar los perjuicios económicos producidos a empresas, empresarios y profesionales que ejerzan su actividad de modo permanente y habitual en el municipio de Frontera excluidos Las Puntas y El Pozo de la Salud, al amparo del Decreto 322/2011, de 1 de diciembre, efectuada por oficio, al domicilio que figura en la documentación administrativa de esta Secretaría General Técnica, sin que haya podido practicarse a los interesados, a través de carta con acuse de recibo, es por lo que, conforme a lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O:
1º. Notificar a Fanny Luisana Tula Reboso, Complejo Rural La Brujita, S.L.U., C.B. El Sistema, Andrea Di Grazia-Rest. La Maceta- y C.B. Carlos y Fanny, la Orden nº 1.006, de 21 de agosto de 2012, del Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad, por la que se desestima una subvención directa a las citadas entidades recogidas en el anexo I, con destino a mitigar los perjuicios económicos producidos a empresas, empresarios y profesionales que ejerzan su actividad de modo permanente y habitual en el municipio de Frontera excluidos Las Puntas y El Pozo de la Salud, al amparo del Decreto 322/2011, de 1 de diciembre, pudiendo comparecer por sí, o por medio de representante legalmente autorizado, en el plazo de diez (10) días siguientes a esta publicación, en las dependencias de esta Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, sita en la calle Constitución, nº 7, Valverde y en horario de atención al ciudadano, para tener conocimiento íntegro del mencionado acto y dejar constancia del mismo en dicho expediente, haciéndole saber que, transcurrido el plazo señalado sin cumplimentarlo se tendrá por realizado el presente trámite.
2º. Es parte dispositiva común de la precitada Orden:
Primero.- Desestimar las solicitudes correspondientes a las entidades relacionadas en el anexo I de la presente Orden por las causas que se especifican en el anexo.
Segundo.- Se faculta a la Secretaría General Técnica a adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la presente Orden.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante este mismo Órgano, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso en Las Palmas, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, significando que en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del mismo o hasta que se produzca su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
3º. Remitir el presente anuncio al Ayuntamiento de Frontera, correspondiente al domicilio de la notificación para su exposición pública en el tablón de edictos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de diciembre de 2012.- La Secretaria General Técnica, Cristina de León Marrero.
Ver anexo en las páginas 26219-26221 del documento Descargar
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