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BOC Nº 226. Lunes 19 de Noviembre de 2012 - 5763

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Instrucción nº 1 (antiguo P. Inst. e Instr. nº 6) de Arona

5763 EDICTO de 1 de octubre de 2012, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal L.P.H. nº 0001045/2010.

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BOC-A-2012-226-5763. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María del Carmen Reyes Naranjo, Secretario/a Judicial del Juzgado de Instrucción nº 1 (antiguo P. Inst. e Instr. nº 6) de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a veintiocho de septiembre de dos mil doce.

EN NOMBRE DEL REY

Vistos por mí, Ana Elena de León Guillermo, Juez Sustituta del Refuerzo del Juzgado de Instrucción número 1 (antiguo mixto 6) de Arona y su partido, vistos los presentes autos de juicio verbal número 1045/2010 en ejercicio de reclamación de cantidad seguidos ante este Juzgado a instancia de la Comunidad de Propietarios Los Balandros representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Fátima Esther de Armas Castro y bajo la dirección jurídica de D. Juan Antonio Royo Cortés, contra D. Alexander Diepold y Dña. Rachel Amanda Diepold, declarados en situación de rebeldía procesal; dicto la presente en base a los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho:

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por la Comunidad de Propietarios Los Balandros representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Fátima Esther de Armas Castro y bajo la dirección jurídica de D. Juan Antonio Royo Cortés, contra D. Alexander Diepold y Dña. Rachel Amanda Diepold, declarados en situación de rebeldía procesal, y en su consecuencia debo condenar a D. Alexander Diepold y Dña. Rachel Amanda Diepold a abonar a la actora la suma de tres mil cuatrocientos setenta y cuatro euros con cincuenta y seis céntimos de euro (3.474,56 euros) más los intereses legales devengados desde la fecha de presentación de la demanda, esto es, 29 de julio de 2010 hasta la fecha de la sentencia, así como al pago de los intereses procesales desde la fecha de notificación de la sentencia hasta el completo pago; todo ello con expresa condena en costas al demandado.

Contra esta Sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, recurso que habrá de anunciarse por escrito que deberá formalizarse, en su caso, en este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación, todo ello previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de sentencias de ese Juzgado.

Así por esta sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN: leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Juez de Primera Instancia que la suscribe, constituida en Audiencia Pública el día de su fecha.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Alexander Diepold y Rachel Amanda Diepold, expido y libro el presente en Arona, a 1 de octubre de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

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