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BOC-A-2012-222-5646.
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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,
R E S U E L V O:
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 26 de septiembre de 2012, relativo a la toma de conocimiento de la Sentencia de 15 de julio de 2008, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que desestima el recurso contencioso-administrativo nº 239/2004, cuyo texto figura como anexo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de octubre de 2012.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.
A N E X O
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en la sesión celebrada el 26 de septiembre de 2012, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Primero.- Tomar conocimiento de la Sentencia de 15 de julio de 2008, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que desestima el recurso contencioso-administrativo 239/2004 interpuesto por D. Domingo Martín Ramos contra Acuerdo de la COTMAC de 5 de noviembre de 2003, por el que se aprueba definitivamente y de forma parcial el Plan General de Ordenación de Arrecife en su adaptación básica al TRLOTENC, que se declara ajustado a derecho. Sin hacer pronunciamiento sobre las costas del proceso.
Segundo.- Tomar conocimiento de la Sentencia de 15 de diciembre de 2011, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta del Tribunal Supremo, en el recurso de casación 1066/2009, por la que se declara no haber lugar al recurso de casación contra la Sentencia dictada el 15 de julio de 2008 por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con imposición de costas del recurso de casación a la parte recurrente con el límite de la cuantía de la condena en costas a la cifra de 1.500 euros por los conceptos de honorarios de representación y defensa del Gobierno de Canarias y a igual cifra de 1.500 euros por el concepto de honorarios de defensa del Ayuntamiento de Arrecife.
Tercero.- El presente Acuerdo será notificado al Ayuntamiento de Arrecife, al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a la Dirección General del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias y al Servicio Jurídico de la Secretaría General Técnica de esta Consejería.
Cuarto.- Publicar el Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- Juan José Santana Rodríguez, Secretario Accidental de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.
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