Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 214. Miércoles 31 de Octubre de 2012 - 5406

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 (Antiguo mixto nº 6) de San Cristóbal de La Laguna

5406 EDICTO de 7 de julio de 2011, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000599/2010.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 0.00 Kb.
BOC-A-2012-214-5406. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María del Pilar Parrilla Martín, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 5 (Antiguo mixto nº 6) de San Cristóbal de La Laguna y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Cristóbal de La Laguna, a siete de junio de dos mil once.

Vistos por la Ilma. Sra. María Mercedes Santana Rodríguez Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de La Laguna y su partido, antiguo Juzgado mixto nº 6, los presentes autos de juicio ordinario nº 599 de 2010 seguidos a instancias de el/la Procurador/a D. Claudio García del Castillo en nombre y representación de Canadian, S.L. asistida del Letrado D. Carlos Valenciano Pío contra Inversiones y Promociones Arliva, S.L. rebelde en estos autos, sobre reivindicación de dominio.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Claudio García del Castillo en nombre y representación de Canadian, S.L. y asistida por el Letrado D. Carlos Valenciano Pío contra Inversiones y Promociones Arliva, S.L. rebelde en estos autos, sobre acción reivindicatoria y en su consecuencia declarar la prioridad del título dominical del actor frente a la demandada y a la posesión por parte de los mismos sobre la porción de terreno de 57,29 metros cuadrados, a lo largo del lindero de colindancia del solar de su propiedad con la finca de la demandada, siendo la actora propietaria de dicha porción de terreno, por lo que es nulo el título de la demandada en relación a dicha superficie, en lo referido a la franja invadida, por lo que se debe condenar a la demandada a estar y pasar por dichas declaraciones debiendo entregar dicha porción de terreno al actor, todo ello con expresa condena en costas a la demandada vencida en esta primera instancia.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme y contra ella se puede interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz, recurso que habrá de prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación, previa constitución del depósito previsto en la Ley 1/2009, de 3 de noviembre.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Inversiones y Prom Arliva, S.L., expido y libro el presente en San Cristóbal de La Laguna, a 7 de julio de 2011.- El/la Secretario Judicial.

© Gobierno de Canarias