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BOC-A-2012-136-3601.
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La Orden de 5 de marzo de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, aprueba las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el período de programación 2007-2013 (BOC nº 50, de 12.3.10).
Mediante Resolución de 18 de octubre de 2011, de la Directora, por la que se convocan, anticipadamente para el ejercicio 2012, las subvenciones previstas en el marco del programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER para el período de programación 2007-2013, gestionadas por este Instituto, dirigidas a apoyar a las agrupaciones de productores en materia de desarrollo de actividades de información y promoción de productos en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos (medida 1.3.3, del eje 1 aumento de la competitividad del Programa de Desarrollo Rural de Canarias) (BOC nº 231, de 23.11.11).
El resuelvo tercero apartado b) de dicha convocatoria establece: Para la presente convocatoria se destinan créditos por importe global mil (1.000) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria G/4401/413/7800000 y 7700000 y, dentro de esta al proyecto de inversión 08 713A 01, para apoyar a las agrupaciones de productores en materia de desarrollo de actividades de información y promoción de productos en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos (medida 1.3.3 del PDR).
Mediante Resolución de 1 de febrero de 2012, de la Directora, se corrigen errores en la Resolución de 18 de octubre de 2011, que convoca, anticipadamente para el ejercicio 2012, las subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER para el período de programación 2007-2013, gestionadas por este Instituto (medidas 1.3.3 y 1.3.2 del eje 1 aumento de la competitividad del sector agrícola y forestal del PDR), en el sentido siguiente: en el resuelvo tercero, donde dice: b) Mil (1.000) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria G/4401/413/7800000, debe decir: b) Mil (1.000) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria G/4401/413A/7800000 (BOC nº 31, de 14.2.12).
La Ley 12/2011, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2012, recoge en su estructura económica la existencia de crédito, pero en situación de no disponibilidad.
Con fecha 13 de junio de 2012 se tramita nuevamente, ante la Dirección General de Planificación y Presupuesto, el anexo VIII, en relación con créditos que se encuentran en situación de no disponibilidad en virtud de la disposición adicional vigésimo octava de la Ley 12/2011, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2012.
Con fecha 21 de junio de 2012, se procede por la Dirección General de Planificación y Presupuesto a la contabilización de documento complementario de anulación del RC de no disponibilidad.
Con fecha 25 de junio de 2012 se certifica por la Secretaria del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria la existencia de crédito en la aplicación presupuestaria G/4401/413A/7800000 y G/4401/413A/7700000 y, dentro de esta al proyecto de inversión 08713A01, para apoyar a las agrupaciones de productores en materia de desarrollo de actividades de información y promoción de productos en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos (medida 1.3.3 del PDR).
El artículo 14.4 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que "excepcionalmente, la convocatoria podrá prever, además de la cuantía total máxima dentro de los créditos disponibles, un incremento de la misma, cuya aplicación a la concesión de las subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria. En este supuesto, el órgano concedente deberá publicar la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva, respectivamente, con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver".
En este sentido, el resuelvo tercero de la citada Resolución de convocatoria establece: "Los créditos previstos, se podrán incrementar, sin que su aplicación a la concesión de subvenciones requiera una nueva convocatoria".
Por todo ello, existiendo crédito y estando este disponible (368.025,00 euros) en el presupuesto de 2012 de este Instituto, para afrontar un incremento en la dotación económica asignada a la convocatoria, lo que permitirá contemplar una mayor cuantía de las peticiones a financiar, y en uso de las facultades que tengo conferidas en esta materia,
R E S U E L V O:
Primero.- Incrementar en trescientos sesenta y siete mil veinticinco (367.025,00) euros el crédito asignado en la Resolución de 18 de octubre de 2010, de la Directora, por la que se convocan, anticipadamente para el ejercicio 2012, las subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER para el período de programación 2007-2013, gestionadas por el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria (BOC nº 231, de 23.11.11), lo que supone destinar un total de trescientos sesenta y ocho mil veinticinco (368.025,00) euros del presupuesto de 2012 de este Instituto. Todo ello con cargo a la aplicación presupuestaria G/4401/413A/7800000 y G/4401/413A/7700000 y, dentro de esta al proyecto de inversión 08713A01 (Apoyo actividades de información y promoción productos en programas de calidad alimentos FEADER-M. 1.3.3).
Segundo.- Notifíquese la presente Resolución a través de su inserción en el Boletín Oficial de Canarias, y sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, o potestativamente, recurso de reposición ante el Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.
Santa Cruz de Tenerife, a 25 de junio de 2012.- La Directora, Sulbey González González.
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