Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 124. Martes 26 de Junio de 2012 - 3293

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

3293 Dirección General de Trabajo.- Anuncio de 12 de junio de 2012, relativo al depósito de documentación sobre la modificación del artº. 4 de los estatutos de la asociación profesional denominada Asociación Canaria de Empresarios de Ocio, Restauración y Comercio (ACEOR).

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 5 Kb.
BOC-A-2012-124-3293. Firma electrónica-Descargar

Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (BOE nº 101, de 28.4.77), y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, y vistas las facultades conferidas en el Decreto 405/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio (BOC nº 249, de 14.12.07), se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la modificación del artº. 4 de los estatutos de la asociación profesional que se detalla:

DENOMINACIÓN: Asociación Canaria de Empresarios de Ocio, Restauración y Comercio (ACEOR).

ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias.

ARTº. 4-DOMICILIO: queda redactado con el siguiente texto:

La sede legal de la Asociación se fija en San Cristóbal de La Laguna, calle Escultor Estévez, 4, pudiendo por acuerdo de su Junta Directiva trasladarse a cualquier otro lugar dentro del ámbito territorial descrito.

ÁMBITO PROFESIONAL: podrán ser miembros de la Asociación, mediante afiliación, todas las personas físicas y jurídicas que ejerzan legalmente su actividad profesional como empresarios y la realicen dentro del ámbito de la hostelería y comerciantes afines, previa admisión por el órgano competente de la Asociación.

FIRMANTES DEL ACTA DE LA SESIÓN: D. Juan Carlos Delgado Miranda y D. José Manuel Cabrera Cruz.

Los interesados podrán formular por escrito las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de veinte días contados a partir de su publicación.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de junio de 2012.- La Directora General de Trabajo, Gloria del Pilar Gutiérrez Arteaga.

© Gobierno de Canarias