Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 098. Viernes 18 de Mayo de 2012 - 2544

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Otras Administraciones - Universidad de La Laguna

2544 RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2012, por la que se dispone la publicación de la modificación del Reglamento de Contratación de Profesores Ayudantes Doctores, Profesores Colaboradores, Profesores Contratados Doctores, Profesores Asociados y Ayudantes de la Universidad de La Laguna.

8 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 67 Kb.
BOC-A-2012-098-2544. Firma electrónica-Descargar

Aprobado por Consejo de Gobierno de fecha 13 de marzo de 2012 el Baremo de Méritos para el acceso a las Plazas de Personal Docente e Investigador Contratado de la Universidad de La Laguna se procede a su publicación como anexo al Reglamento de Contratación de Profesores Ayudantes Doctores, Profesores Colaboradores, Profesores Contratados Doctores, Profesores Asociados y Ayudantes de la Universidad de La Laguna, aprobado por Junta de Gobierno de fecha 12 de julio de 2002 y publicado mediante Resolución del Rector de fecha 16 de julio de 2002 (BOC de 31 de julio) suprimiéndose, en consecuencia, los Capítulos II y III de dicho Reglamento.

La Laguna, a 7 de mayo de 2012.- El Rector, Eduardo Doménech Martínez.

BAREMO DE MÉRITOS PARA LAS PLAZAS DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR CONTRATADO DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA.

El presente baremo se utilizará en la valoración de los méritos y capacidades en los concursos públicos de selección de personal docente e investigador contratado a realizar en la Universidad de La Laguna.

En el se distinguen 7 bloques con una puntuación máxima de 15 puntos en cada uno de los bloques del 1 al 5, una puntuación máxima de 5 puntos en el Bloque de Méritos preferentes y una puntuación máxima de 20 puntos en el Bloque de Específico de los Departamentos. Se ponderarán los bloques del 1 al 5 en función de la figura contractual según la tabla I:

1º) Formación académica.

2º) Actividad docente y competencia pedagógica.

3º) Actividad investigadora.

4º) Experiencia profesional.

5º) Otros méritos.

6º) Méritos preferentes.

7º) Baremo específico de los Departamentos.

Puesto que este baremo pretende dar respuesta a los contratos de todos los tipos de plazas (Ayudante, Ayudante Doctor, Contratado Doctor y Asociado/Contratado Laboral de Interinidad), cada bloque tiene asignado un peso diferente según el tipo de plaza.

Los méritos de cada bloque se agrupan en varios apartados, entre los que se distribuye la puntuación asignada al bloque, estableciéndose una modulación de acuerdo con la afinidad del mérito al área de conocimiento de la plaza.

En la aplicación del presente baremo intervendrán:

* Para las plazas de Ayudante, Profesor Ayudante Doctor y Profesor Asociado/Contratado Laboral de Interinidad: la Comisión de Baremación del Departamento, el Consejo de Departamento al que pertenece la plaza en cuestión y la Comisión Delegada de Consejo de Gobierno con competencias en materia de contratación.

* Para las plazas de Profesor Contratado Doctor: la Comisión de Evaluación del Departamento, que será nombrada al efecto por el Consejo de Departamento para cada plaza entre el profesorado de igual o superior categoría, el Consejo de Departamento al que pertenece la plaza en cuestión y la Comisión Delegada de Consejo de Gobierno con competencias en materia de contratación.

Para el eficaz cumplimiento de sus funciones, se podrá solicitar asesoramiento técnico de los especialistas que la comisión respectiva considere conveniente.

La responsabilidad administrativa de elevar la propuesta de contratación a la Comisión Delegada de Consejo de Gobierno con competencias en materia de contratación corresponde al Consejo de Departamento, una vez informado por la Comisión de Baremación o Comisión de Evaluación.

Esta propuesta de contratación a elevar se acompañará de un informe pormenorizado y razonado acerca de la aplicación del grado de afinidad, así como de la adecuación de los méritos presentados por los candidatos.

Observaciones generales.

1. La valoración de cada mérito se modulará por la Comisión de Baremación o Comisión de Evaluación del Departamento, según proceda, de acuerdo con la afinidad a la plaza correspondiente, multiplicando el valor del mérito por los siguientes coeficientes:

* 0, Sin adecuación, en el caso de ninguna afinidad del mérito a la plaza.

* 0,5, Adecuación media, en el caso de afinidad parcial del mérito a la plaza.

* 1, Adecuación alta, en el caso de afinidad total del mérito a la plaza.

La afinidad deberá estar establecida por el Departamento previamente a la convocatoria de la plaza.

2. Los méritos puntuados por períodos temporales serán valorados proporcionalmente al período que abarque, considerando el resultado redondeado al primer decimal.

3. El mérito se puntuará una sola vez y donde lo alegue el candidato. En caso de que el mérito se alegue más de una vez, se elegirá la opción más favorable para el candidato.

4. Para optar a las plazas de Profesor Ayudante Doctor y Profesor Contratado Doctor los candidatos deberán estar en posesión de la acreditación correspondiente según lo establecido en los artículos 50 y 52 de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

5. Cada Departamento deberá establecer, en su Baremo Específico (Bloque 7), mediante acuerdo de su Consejo, la puntuación mínima exigida para cada figura en el global de la Baremación (Baremo Marco y Baremo Específico). Cuando dicha puntuación no sea alcanzada por ninguno de los candidatos se deberá proponer que la plaza se declare desierta.

6. Donde aparece licenciatura, se entiende también referido a arquitectura, ingenierías superiores o grados equivalentes.

7. La entrevista personal es obligatoria y de carácter público. El Departamento deberá informar, con suficiente antelación, al menos en su tablón de anuncio, la fecha y hora en la que tendrá lugar la misma. La no comparecencia del candidato a la entrevista será condición suficiente para que sea eliminado del concurso. No obstante, en caso de enfermedad o accidente debidamente justificado dentro de las 48 horas posteriores a la fecha de la entrevista, el candidato será convocado nuevamente en las siguientes 48 horas sin posibilidad de un nuevo aplazamiento.

8. Toda modificación del Baremo Específico de los Departamentos deberá ser aprobada por la Comisión Delegada de Consejo de Gobierno con competencias en materia de contratación y se hará efectiva en los concursos que se convoquen con posterioridad a dicha aprobación.

Bloque 1º. FORMACIÓN ACADÉMICA. Puntuación máxima 15 puntos (posteriormente ponderados por tipo de plaza).

1. Expediente, premios y pruebas o trabajos de fin de titulación. Puntuación máxima 5 puntos.

1.1. Expediente académico de la titulación principal necesaria para ocupar la plaza. Puntuación máxima 4 puntos.

La puntuación global resultante se dividirá por el número de asignaturas cursadas sin que se tengan en cuenta a estos efectos los no presentado y los suspensos.

a) Si el expediente académico está calificado de 0 a 10, se procederá a multiplicar la nota media que figura en el mismo por sí misma y el resultado se dividirá por 25 (NOTA 2/25).

b) En el caso de que en el expediente académico no conste la calificación numérica se establecerán las correspondencias necesarias según las tablas que se publiquen a tal efecto: (AP: 1; NT: 2; SB: 3; MH: 4).

Se valorará una única titulación, la que en conjunto resulte más adecuada al perfil de la plaza.

1.2. Premios fin de carrera. Puntuación máxima 1 punto.

a) Premio/Mención Nacional Fin de Carrera: 1 punto.

b) Premio Fin de Carrera de la Universidad: 0,75 puntos.

1.3. Examen de licenciatura, tesina o proyecto fin de carrera, siempre que no estén incluidos en el expediente académico de la titulación. Puntuación máxima 1 punto.

a) Aprobado: 0,10 puntos.

b) Notable: 0,25 puntos.

c) Sobresaliente (únicamente): 0,50 puntos.

d) Con premio extraordinario: 0,75 puntos.

e) Con premio nacional: 1 punto.

2. Posgrado. Puntuación máxima 4 puntos.

2.1. Estudios de posgrado o máster universitarios. Puntuación máxima 2 puntos.

Se procederá a multiplicar por 0,2 la nota media, calculada de igual forma que en el apartado 1.1. Cuando se trata de títulos propios universitarios o máster no oficiales se procederá a multiplicar por 0,1 la nota media, salvo que sean anteriores al 2010.

2.2. Programa de doctorado. Puntuación máxima 2 puntos.

Se procederá a multiplicar por 0,2 la nota media, calculada de igual forma que en el apartado 1.1.

Por crédito convalidado por la Comisión de Doctorado por trabajo de investigación, Diploma de Estudios Avanzados (DEA), tesina, suficiencia investigadora, proyecto fin de carrera, según la puntuación obtenida en los créditos que originan la convalidación, siempre y cuando el mérito que dio lugar a la convalidación no esté valorado en otro apartado de este baremo.

Se valorará un único programa de doctorado, el que en conjunto resulte más adecuado al perfil de la plaza.

3. Tesis Doctoral. Puntuación máxima 6 puntos.

3.1. Título de Doctor: 2 puntos.

Además si cuenta con alguna/s de la/s siguiente/s:

3.2. Calificación cum laude o superior: 2 puntos.

3.3. Premio extraordinario: 1 punto.

3.4. Premio nacional: 1 punto.

3.5. Mención Doctorado Europeo: 1 punto.

Para el caso de que el candidato cuente con más de una tesis doctoral, se selecciona la que mayor puntuación añada al cómputo.

4. Otros estudios oficiales no utilizados para obtener el título principal. Puntuación máxima 2 puntos.

4.1. Diplomatura, ingeniería y arquitectura técnica o estudios equivalentes: 0,25 puntos.

4.2. Licenciatura, arquitectura, ingeniería superior o grados equivalentes: 0,75 puntos.

4.3. Estudios de segundo ciclo: 0,75 puntos.

4.4. Posgrado o doctorado: 1 punto.

4.5. Tesis Doctoral: 2 puntos.

5. Estancias en Programas de Intercambio (Erasmus, Sicúe o similares). Puntuación máxima 0,5 puntos.

Esta puntuación se le aplicará sobre un mínimo del 50% de los créditos aprobados sobre los matriculados para la estancia de un curso completo.

6. Otros cursos de especialización recibidos relacionados con la plaza: 0,02 puntos/hora curso. Puntuación máxima 0,5 puntos.

Bloque 2º. ACTIVIDAD DOCENTE Y COMPETENCIA PEDAGÓGICA. Puntuación máxima 15 puntos (posteriormente ponderados por tipo de plaza).

En lo relativo a este bloque la docencia virtual impartida se computará como un tercio de la presencial.

1. Docencia en grado y posgrado/doctorado universitario o equivalente. Puntuación máxima 8 puntos.

1.1. Docencia acreditada con contrato como profesor de universidad pública o privada. Tiempo completo (240 horas anuales): 2 puntos/año. Tiempo parcial: proporcional al tiempo completo.

1.2. Docencia acreditada como profesor tutor de universidades a distancia: 0,25 puntos/año. Puntuación máxima 4 puntos.

1.3. Docencia de personal investigador predoctoral, postdoctoral o contratos de similares características homologados por la Universidad de La Laguna en los términos recogidos en las convocatorias oficiales. Siempre que el investigador tenga venia docendi y esté recogida la docencia en planes docentes: 0,5 puntos/créditos máximos que la figura permite. Puntuación máxima 1,5 puntos.

1.4. Docencia acreditada en Programas de Títulos Propios Universitarios: 0,1 punto/10 horas. Puntuación máxima 2 puntos.

2. Docencia oficial acreditada con contrato o nombramiento en centros públicos, privados y concertados no universitarios: 0,30 puntos/año. Puntuación máxima 2 puntos.

3. Docencia en cursos de carácter oficial (cursos de especialización, cursos de extensión universitaria, etc. no comprendidos en los apartados anteriores). Puntuación máxima 2 puntos.

3.1. Docencia en cursos de universidades o de instituciones de ámbito nacional o internacional de reconocido prestigio: 0,1 punto/10 horas impartidas.

3.2. Docencia en cursos no universitarios: 0,05 puntos/10 horas impartidas.

4. Formación para la actividad docente. Puntuación máxima 2 puntos.

4.1. Cursos recibidos de perfeccionamiento profesional y/o docente.

a) Máster en Formación del Profesorado. Puntuación máxima 2 puntos.

b) Curso de Cualificación Pedagógica. Puntuación máxima 2 puntos.

c) Certificado de Aptitud Pedagógica o equivalente: 1 punto.

d) Otros cursos relacionados con la formación didáctica y pedagógica acreditados por la universidad o instituciones oficiales: 0,1 punto/10 horas. Puntuación máxima 1 punto.

4.2. Titulaciones relacionadas con la educación y contempladas en la normativa vigente (Pedagogía, Títulos de Maestro, Psicopedagogía): 1 punto para las plazas correspondientes a estas especialidades.

5. Actividades relacionadas con la innovación y mejora de la calidad docente a través de convocatorias oficiales. Puntuación máxima 2 puntos.

5.1. Dirección o Participación: 0,2 puntos/actividad.

6. Evaluación positiva/favorable de la actividad Docente. Puntuación máxima 2 puntos.

6.1. Docentia, Complemento por mérito docente (Quinquenios): Puntuación máxima 1,5 puntos/evaluación.

6.2. Complemento Autonómicos de Docencia: 0,5/tramo y por evaluación.

Bloque 3º. ACTIVIDAD INVESTIGADORA. Puntuación máxima 15 puntos (posteriormente ponderados por tipo de plaza).

1. Contribuciones científicas.

En todos los subapartados, excepto el apartado 1.4, a partir de 5 coautores la puntuación se pondera *0,5.

1.1. Artículo/Libros. Sólo se considerarán publicaciones con ISBN o ISSN.

a) Artículo en Revistas indexadas en Journal Citation Report (ISI): 3 puntos/trabajo.

b) Artículo en Revistas indexadas en índices relevantes para el área (distintos de Journal Citation Report): 1,5 puntos/trabajo.

c) Artículo en Revistas no indexadas con evaluadores o catalogadas: hasta 0,5 puntos/trabajo. Puntuación máxima 7 puntos.

d) Autor de Libros. Con distribución internacional: 4 puntos/libro. Con distribución nacional: 3 puntos/libro. Puntuación máxima 10 puntos.

e) Autor de capítulos de libros. Con distribución internacional: 1,5 puntos/capítulo. Con distribución nacional: 1 punto/capítulo. Puntuación máxima 8 puntos.

1.2. Otras contribuciones científicas. Puntuación máxima 8 puntos.

a) Editor, coordinador y compilador de libros. Internacional: 2 puntos/libro. Nacional: 1 punto/libro. Puntuación máxima 5 puntos.

b) Editor de revistas indexadas: 2 puntos/año. Catalogadas/no indexadas: 1 punto/año. Puntuación máxima 5 puntos.

c) Miembro de consejo editorial/científico. Indexadas: 1 punto/año. Catalogadas/no indexadas: 0,5 puntos/año. Puntuación máxima 3 puntos.

d) Revisor de artículos de revistas o libro: Indexadas: 1 punto/artículo. Catalogadas/no indexadas: 0,25 puntos/artículo. Libros con distribución internacional: 1 punto/libro. Libros con distribución nacional: 0,25/libro. Puntuación máxima 2 puntos.

e) Autor de traducciones de libros: hasta 0,75 puntos/traducción. Puntuación máxima 3 puntos.

f) Publicaciones de divulgación científica: hasta 0,75 puntos/trabajo. Puntuación máxima 2 puntos.

g) Reseñas bibliográficas en revistas especializadas: hasta 0,1 punto/reseña. Puntuación máxima 2 puntos.

h) Artículo en revistas no indexadas sin evaluadores o no catalogadas: hasta 0,10 puntos/trabajo. Puntuación máxima 1 punto.

1.3. Contribuciones a congresos y conferencias científicas. Puntuación máxima 4 puntos.

a) Comunicaciones orales o póster en congresos internacionales: 0,5 puntos/comunicación-póster. Congresos nacionales: 0,25 puntos/comunicación-póster.

b) Ponencias invitadas. Congresos internacionales: 1 punto/ponencia. Congresos nacionales: 0,75 puntos/ponencia.

c) Participación en mesas redondas y talleres. Congresos internacionales: 0,5/participación. Congresos nacionales: 0,25/participación.

1.4. Participación en proyectos artísticos u obras singulares. Puntuación máxima 4 puntos.

a) Participación individual. Internacional: 2 puntos/ítem. Nacional: 1,5 puntos/ítem.

b) Participación colectiva. Internacional: 1 punto/ítem. Nacional: 0,75 puntos/ítem.

2. Proyectos de investigación obtenidos en convocatorias públicas y contratos con empresas o con la administración. Puntuación máxima 4 puntos.

2.1. Proyectos, contratos y convenios de investigación públicos y privados. Según dedicación al proyecto y tipo de proyecto:

a) Dirección. Proyectos internacionales: 2 puntos/proyecto/año. Proyectos nacionales: 1 punto/proyecto/año. Proyectos autonómicos: 0,5 puntos/proyecto/año (Tiempo parcial puntos *0,5).

b) Participación. Proyectos internacionales: 1 punto/proyecto/año. Proyectos nacionales: 0,5 puntos/proyecto/año. Proyectos autonómicos: 0,25 puntos/proyecto/año (Tiempo parcial punto *0,5).

c) Dirección/Participación en contratos o convenios de investigación con otras instituciones o empresas. Dirección: 0,5 puntos/contrato/año. Participación: 0,25 puntos/contrato/año.

d) Dirección/Participación en proyectos precompetitivos. Dirección: 0,5 puntos/proyecto. Participación: 0,25 puntos/proyecto.

e) Informes técnicos científicos no derivados de convenios o proyectos: 0,25 puntos/informe. Puntuación máxima 2 puntos.

3. Estancias académicas acreditadas en otras universidades o centros de investigación nacionales o internacionales realizadas con posterioridad a la finalización de los estudios. Puntuación máxima 2 puntos.

3.1. Estancias postdoctorales en centros científicos de relevancia acreditada y reconocido prestigio internacional, sean nacionales o extranjeros: 1 punto/año. Otros centros: 0,5 puntos/año.

3.2. Estancias predoctorales en centros científicos de relevancia acreditada y reconocido prestigio internacional, sean nacionales o extranjeros: 0,5 puntos/año. Otros centros: 0,25 puntos/año.

4. Dirección de tesis doctorales, tesina, DEA, trabajo de iniciación a la investigación, trabajo fin de carrera (no computado en POD), etc., defendido y aprobado. Puntuación máxima 2 puntos.

4.1. Dirección de tesis calificada: 2 puntos/tesis.

4.2. Dirección o codirección de tesina y DEA calificado: 0,50 puntos/trabajo.

4.3. Tutorización de trabajo fin de máster en títulos oficiales: 0,20/trabajo.

4.4. Tutorización de trabajo fin de carrera: 0,20/trabajo.

4.5. Tutorización de trabajo fin de máster en títulos propios: 0,10/trabajo. Anteriores a 2010: 0,20/trabajo.

5. Becas, premios y contratos de investigación en concurrencia competitiva. Puntuación máxima 3 puntos.

Las renovaciones de becas deberán ser acreditadas. En caso de solapamiento de becas, el período solapado sólo se contabilizará en una de ellas.

5.1. Becas concedidas por concurso público dentro de programas de formación docente e investigadora de organismos oficiales así como las concedidas dentro de los programas de formación investigadora desarrollados por la Universidad de La Laguna:

a) FPI/FPU: 0,75 puntos/año.

b) Becas Formación CCAA: 0,50 puntos/año.

c) Otras Becas Homologadas por la Universidad de La Laguna: 0,25 puntos/año.

5.2. Becas no homologadas por la Universidad de La Laguna. Becas de colaboración Departamentos. 0,15 puntos/año.

5.3. Contratos de investigador: 0,75 puntos/año.

5.4. Contratos de reincorporación y figuras afines nacionales: 3 puntos/año.

5.5. Contratos de reincorporación y figuras afines CCAA: 2 puntos/año.

5.6. Premios de investigación. Carácter nacional: 2 puntos/premio. Carácter autonómico: 1 punto/premio. Otros: 0,5 puntos/premio.

6. Patentes y registros de software en explotación. Puntuación máxima 3 puntos.

6.1. Patentes restringidas o software registrado: 1 punto/patente o software.

6.2. En explotación: 2 puntos/patente o software.

Bloque 4º. EXPERIENCIA PROFESIONAL NO DOCENTE. Puntuación máxima 15 puntos (posteriormente ponderados por tipo de plaza).

1. Experiencia profesional a tiempo completo acreditada mediante vida laboral/cotización a Seguridad Social: 2 puntos/año.

2. Otra experiencia profesional certificada por organismos o instituciones oficiales reconocidas como de interés público (voluntariados, convenios profesionales, etc.): 1 punto/año. Puntuación máxima 2 puntos.

3. Tutor de prácticas externas de la Universidad de La Laguna (antiguo Colaborador docente): 0,25 puntos/año. Puntuación máxima 3 puntos.

4. Premios, distinciones, etc. en el ejercicio de la actividad profesional relacionada con la plaza: 0,1 punto/premio o distinción. Puntuación máxima 2 puntos.

Bloque 5º. OTROS MÉRITOS. Puntuación máxima 15 puntos (posteriormente ponderados por tipo de plaza).

1. Participación en la gestión universitaria. Puntuación máxima 8 puntos.

1.1. Cargos académicos unipersonales estatutario o asimilados por Consejo de Gobierno: 1 punto/año.

1.2. Participación activa en órganos colegiados de la Universidad o en comisiones específicas de los mismos: 0,1 punto/comisión y año.

1.3. Tutor de carrera: 0,5 puntos/curso académico.

2. Organización de congresos, eventos y jornadas de divulgación científicas. Puntuación máxima 8 puntos.

2.1. Internacionales.

a) Presidente y secretario: 2 puntos/congreso.

b) Vocales de comité organizador/científico: 1 punto/congreso.

2.2. Nacionales.

a) Presidente y secretario: 1 punto/congreso.

b) Vocales de comité organizador/científico: 0,5 puntos/congreso.

2.3. Organización de eventos y jornadas de divulgación científicas: 0,25 puntos/evento o jornada. Puntuación máxima 4 puntos.

3. Evaluador en organismos públicos de investigación: 1 punto/año o convocatoria. Puntuación máxima 4 puntos.

4. Estar acreditado para otra figura de profesorado superior a la que se opta: 0,25 puntos.

5. Estancias Erasmus o similar para profesorado: 0,1 punto/semana. Puntuación máxima 2 puntos.

6. Participación en tribunales. Puntuación máxima 4 puntos.

6.1. Tesis: 2 puntos/tesis.

6.2. Tesina y DEA: 0,5 puntos/curso académico.

6.3. Tribunales de proyectos fin de carrera, trabajo fin de máster o profesionales: 0,25 puntos/por proyecto o trabajo.

Bloque 6º.- MÉRITOS PREFERENTES. Puntuación máxima. 5 puntos.

Para las figuras de Ayudante Doctor:

1. Haber realizado estancias postdoctorales en universidades o centros de investigación de reconocido prestigio, españoles o extranjeros, distintos de la Universidad de La Laguna [artículo 50.a) de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades] durante un período de 12 meses o más: 5 puntos.

Para todas las figuras:

2. Estar acreditado o ser funcionario de los Cuerpos Docentes en la rama de conocimiento de la plaza (artículo 48, apartado 3, de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades): 5 puntos.

3. Docencia como profesor de universidad pública o privada acreditada con contrato en asignaturas del área de conocimiento convocante de la plaza: Tiempo completo (240 horas anuales): 1 punto/año. Tiempo parcial: proporcional al tiempo completo. Puntuación máxima 5 puntos.

4. Perfil investigador en las líneas de investigación del área de conocimiento convocante de la plaza: 5 puntos.

Bloque 7º. BAREMO ESPECÍFICO DE LOS DEPARTAMENTOS. Puntuación máxima 20 puntos.

Esta parte específica corresponde al 20% de la puntuación total posible e incluirá aquellos aspectos a valorar que sean de interés para el Departamento, además de una entrevista personal obligatoria.

1. Especificidad del Departamento. Puntuación máxima 15 puntos repartidos entre docencia, investigación y experiencia profesional, no pudiendo exceder ninguno de estos conceptos de 8 puntos.

2. Entrevista. Puntuación máxima 5 puntos.

Los departamentos establecerán los criterios para puntuar la entrevista, sin perjuicio de que incluirá al menos:

a) La defensa de un programa de asignatura del área de conocimiento (cualquier asignatura del área en caso de que la plaza no esté vinculada a ninguna asignatura concreta).

b) La defensa del currículum.

Estas dos partes supondrán al menos el 75% de la entrevista.

* En el caso de que no se supere la puntuación mínima exigida para la plaza en el global de la baremación (Baremo Marco y Baremo Específico) realizada por el Departamento, no se concurrirá a la entrevista.

* En el caso de Ayudantes o Ayudantes Doctores, sólo concurrirán los candidatos que puedan optar a alguno de los tres primeros puestos tras la fase de baremación de méritos.

* En el caso de Contratados Doctores, no se aplicará la entrevista. Se entiende que está incluida en la fase de concurso de acceso, por lo que el presente baremo tendrá una puntuación máxima de 95 puntos.

* La entrevista no podrá tener carácter eliminatorio, salvo incomparecencia del candidato o por razón extraordinaria y debidamente motivada.

PUNTUACIÓN FINAL.

A la puntuación obtenida en la fase de valoración de méritos se le aplicará la ponderación de la tabla III para cada bloque (1 a 6) y se obtendrá la suma que llegará a una puntuación total máxima de 80. Posteriormente se le añaden los puntos correspondientes al baremo específico (máximos 20 puntos) dando como resultado la puntuación final de cada candidato, que como máximo será de 100.

PROPUESTA DE CONTRATACIÓN.

* Para las plazas de Ayudante, Profesor Ayudante Doctor, Profesor Asociado y Contratado Laboral de Interinidad: el resultado obtenido de la aplicación del presente baremo, incluyendo la ponderación según méritos preferentes y la aplicación del baremo específico del Departamento, dará lugar a la propuesta oficial de contratación del candidato con mayor puntuación.

* Para las plazas de Profesor Contratado Doctor: el resultado obtenido de la aplicación del presente baremo, incluyendo la ponderación según méritos preferentes y la aplicación del baremo específico del Departamento, será conjugado con el resultado de las pruebas presenciales de los candidatos, como dispone la Normativa Reguladora de los Concursos para la Provisión de Plazas de Profesorado Contratado por Procedimiento Ordinario de La Universidad de La Laguna, dando lugar a la propuesta oficial de contratación del candidato con mayor puntuación.

Ver anexo en las páginas 8971-8972 del documento Descargar

© Gobierno de Canarias