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BOC-A-2012-080-2158.
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Intentada, sin que se haya podido practicar la notificación del requerimiento de subsanación de la solicitud de ayuda con registro de salida nº 6248 de fecha 22 de diciembre de 2011, solicitada por la entidad Complejo Rural La Brujita, S.L.U., expediente 2011.106.HI., al amparo del Decreto 322/2011, de 1 de diciembre, de ayudas de carácter excepcional para mitigar los daños producidos por los movimientos sísmicos y erupciones en el municipio de Frontera, en el domicilio que figura en el expediente, se procede, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a publicar el texto de la misma:
R E S U E L V O:
1º) Notificar a Complejo Rural La Brujita, S.L.U. el requerimiento con registro de salida nº 6.248, de fecha 22 de diciembre de 2011, de la Secretaría General Técnica, pudiendo comparecer por sí, o por medio de representante legalmente autorizado, en el plazo de diez (10) días siguientes a esta publicación, en la calle Tomás Miller, nº 38, 2ª planta, de Las Palmas de Gran Canaria, y en horario de atención al ciudadano, para tener conocimiento íntegro de los mencionados actos y dejar constancia del mismo en dichos expedientes, haciéndoles saber que, transcurrido el plazo señalado sin cumplimentarlo se tendrá por realizado el presente trámite.
2º) Es parte del citado requerimiento:
"Examinada la solicitud de ayudas de carácter excepcional de acuerdo al Decreto 322/2011, de 1 de diciembre, para mitigar los daños producidos por los movimientos sísmicos y erupciones en el municipio de Frontera, se ha detectado en la misma una serie de deficiencias que deben ser subsanadas por el interesado.
Por ello se requiere al interesado para que en el plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la notificación del presente acto, siguiendo la tramitación de urgencia acordada en el artículo 9 del Decreto 310/2011, proceda a la subsanación de las deficiencias que se relacionan a continuación en la forma que se indica, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la citada Ley 30/1992.
a) Solicitud en modelo oficial del Decreto 322/2011.
b) Aportar TC-1 y TC-2 del mes de octubre.
c) Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado.
d) No está dado de alta en la Administración Tributaria Canaria."
3º) Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
4º) Remitir la presente Resolución a los Ayuntamientos de las poblaciones que se citan, correspondientes a los domicilios de notificaciones, para su exposición pública en el tablón de edictos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de abril de 2012.- La Secretaria General Técnica, Cristina de León Marrero.
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