No habiéndose podido notificar a D. Cristóbal García García, D. Pedro Mateos Gil, D. José C. Sosa Vega, D. José A. Molina Oliva, D. Luis Ojeda Ramos, D. Juan B. Quesada Mendoza y a D. Pedro J. Suárez Pérez, en la forma prevista en el artº. 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92), las Resoluciones del Director del Instituto Canario de la Vivienda de fecha 30 de enero de 2012, sobre los expedientes sancionadores, respectivamente, S-006/12, S-007/12, S-008/12, S-009/12, S-012/12, S-014/12 y S-015/12, tramitados en este Instituto, y siendo necesario notificar dicho trámite, al ser partes interesadas, conforme a lo previsto en el apartado 5º del citado artículo.
ANUNCIO
- Notificar a D. Cristóbal García García la Resolución del expediente sancionador de fecha 30 de enero de 2012, dictada en el expediente sancionador S-006/12, instruido por infracción del artº. 83.q) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y en cuya parte dispositiva se acuerda textualmente lo siguiente:
"Incoar procedimiento sancionador S-006/12, por la presunta comisión de hechos tipificados como infracciones graves del artículo 83.q) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, contra D. Cristóbal García García."
- Notificar a D. Pedro Mateos Gil la Resolución del expediente sancionador de fecha 30 de enero de 2012, dictada en el expediente sancionador S-007/11, instruido por infracción del artº. 83.q) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y en cuya parte dispositiva se acuerda textualmente lo siguiente:
"Incoar procedimiento sancionador S-007/12, por la presunta comisión de hechos tipificados como infracciones graves del artículo 83.q) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, contra D. Pedro Mateos Gil."
- Notificar a D. José C. Sosa Vega la Resolución del expediente sancionador de fecha 30 de enero de 2012, dictada en el expediente sancionador S-008/12, instruido por infracción del artº. 83.q) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y en cuya parte dispositiva se acuerda textualmente lo siguiente:
"Incoar procedimiento sancionador S-008/12, por la presunta comisión de hechos tipificados como infracciones graves del artículo 83.q) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, contra D. José C. Sosa Vega."
- Notificar a D. José A. Molina Oliva la Resolución del expediente sancionador de fecha 30 de enero de 2012, dictada en el expediente sancionador S-009/12, instruido por infracción del artº. 83.q) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y en cuya parte dispositiva se acuerda textualmente lo siguiente:
"Incoar procedimiento sancionador S-009/12, por la presunta comisión de hechos tipificados como infracciones graves del artículo 83.q) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, contra D. José A. Molina Oliva."
- Notificar a D. Luis Ojeda Ramos la Resolución del expediente sancionador de fecha 30 de enero de 2012, dictada en el expediente sancionador S-012/12, instruido por infracción del artº. 83.q) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y en cuya parte dispositiva se acuerda textualmente lo siguiente:
"Incoar procedimiento sancionador S-0012/12, por la presunta comisión de hechos tipificados como infracciones graves del artículo 83.q) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, contra D. Luis Ojeda Ramos."
- Notificar a D. Juan B. Quesada Mendoza la Resolución del expediente sancionador de fecha 30 de enero de 2012, dictada en el expediente sancionador S-014/12, instruido por infracción del artº. 83.q) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y en cuya parte dispositiva se acuerda textualmente lo siguiente:
"Incoar procedimiento sancionador S-014/12, por la presunta comisión de hechos tipificados como infracciones graves del artículo 83.q) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, contra D. Juan B. Quesada Mendoza."
- Notificar a D. Pedro J. Suárez Pérez la Resolución del expediente sancionador de fecha 30 de enero de 2012, dictada en el expediente sancionador S-015/12, instruido por infracción del artº. 83.q) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y en cuya parte dispositiva se acuerda textualmente lo siguiente:
"Incoar procedimiento sancionador S-015/12, por la presunta comisión de hechos tipificados como infracciones graves del artículo 83.q) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, contra D. Pedro J. Suárez Pérez."
- Por otra parte, en las citadas resoluciones, y en su parte dispositiva, se acuerda lo siguiente:
"Asimismo se nombra Instructor y Secretario del mismo a D. Edgar Montesdeoca García y a Dña. María Carmen Ríos Agraso, respectivamente, siendo su régimen de recusación el contemplado en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Comuníquese este Acuerdo de iniciación al Sr. Instructor del procedimiento con traslado de las actuaciones y notifíquese simultáneamente a los interesados; advirtiéndoles que queda puesto de manifiesto el expediente y que de no efectuar alegaciones al contenido del presente Acuerdo este podrá ser considerado como Propuesta de Resolución a los efectos previstos en el artículo 18 del Real Decreto 1398/1993, así mismo se hace saber que conforme a lo establecido en el artículo 16.1 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, de 9.8.93), los interesados disponen de un plazo de quince días hábiles a contar desde la notificación del presente acuerdo para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y en su caso proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse."
Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de febrero de 2012.- La Secretaria, Pilar Herrera Rodríguez.
© Gobierno de Canarias