No habiéndose podido practicar a D. Juan Antonio Santana Herrera, la notificación de la Resolución nº 207/2012, inscrita en el Libro de Resoluciones de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, con fecha 7 de febrero de 2012, en los términos del apartado primero del artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,
R E S U E L V O:
1.- Notificar a D. Juan Antonio Santana Herrera, Administrador solidario de la entidad mercantil "Time Out Travel, S.C.P.", titular de la Agencia de Viajes con el nombre comercial Time Out Travel Canarias, la siguiente Resolución de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, inscrita en el Libro de Resoluciones con fecha 7 de febrero de 2012 y número 207/2012:
"Resolución de fecha 3 de febrero de 2012, de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, relativa al cese definitivo de la actividad de intermediación Turística, como intermediador turístico, de la entidad mercantil "Time Out Travel, S.C.P.", en la Avenida Francisco Vega Monroy, nº 11, portal 4, piso 2º B, 35100-El Tablero, San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria).
Visto el escrito presentado con fecha 28 de julio de 2011, con registro de entrada número 815968/8255, de la entidad mercantil Time Out Travel, S.C.P., C.I.F. J76082635, nombre comercial Time Out Travel Canarias, por el que comunica el cese definitivo de la actividad de intermediación turística, como intermediador turístico, con el código de identificación I-0002093.1, en la Avenida Francisco Vega Monroy, nº 11, portal 4, piso 2º B, 35100-El Tablero, San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria).
Resultando que el 11 de enero de 2011, con registro de entrada número 16593/292, tuvo entrada en esta Dirección General, la comunicación y declaración responsable de la entidad mercantil "Time Out Travel, S.C.P.", C.I.F. J76082635, nombre comercial Time Out Travel Canarias, por la que comunicaba el inicio de la actividad de intermediación turística, como intermediador turístico, en la Avenida Francisco Vega Monroy, nº 11, portal 4, piso 2º B, 35100-El Tablero, San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria), y por posterior oficio se le asignó al indicado intermediador turístico el código de identificación "I-0002093.1".
Resultando que según informe del Servicio de Inspección y Sanciones, de fecha 24 de enero de 2012, se ha constatado que el mencionado intermediador turístico, ha cesado definitivamente en el ejercicio de la actividad de intermediación turística en la dirección anteriormente indicada, en la que nadie responde a las insistentes llamadas, no figurando carteles, anuncios y tampoco el nombre en el buzón del piso 2º B.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Visto el artículo 12 del Decreto 89/2010, de 22 de julio, referente al cese definitivo del ejercicio de las actividades de intermediación turística.
R E S U E L V O:
Tener por comunicado el cese definitivo en el ejercicio de la actividad de intermediación turística, como intermediador turístico, habiendo cerrado sus dependencias en la dirección anteriormente indicada, a la entidad mercantil "Time Out Travel, S.C.P.", N.I.F./C.I.F. J76082635, nombre comercial Time Out Travel Canarias, anulándose el código de identificación I-0002093.1 que tenía asignado.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Turismo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.- La Directora General de Ordenación y Promoción Turística, Rita Enma Hernández Callero."
2.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de febrero de 2012.- La Directora General de Ordenación y Promoción Turística, Rita Enma Hernández Callero.
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